Carece órgano del IFE de facultad para sancionar reglamento de partido político, resuelve TEPJF
16/enero /2008 / Sala Superior 3/2008
México, D.F.
- Revocan magistrados oficio de Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos de ese instituto
- Había invalidado reglamentos del Partido Alternativa Socialdemócrata, sin tener esa facultad
- Resuelve TEPJF 39 medios de impugnación
El pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió hoy un recurso de apelación a favor del Partido Alternativa Socialdemócrata (PAS), que impugnó la decisión de la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos del Instituto Federal Electoral (IFE) de declarar inválidos reglamentos de esa organización política.
Por el voto unánime de los magistrados, el TribunaL Electoral resolvió que dicho órgano del IFE carece de competencia para declarar la validez o invalidez de los reglamentos de los partidos políticos.
El PASC presentó un medio de impugnación en contra del oficio 3227 del 8 de noviembre de 2007, emitido por la citada dirección ejecutiva, mediante el cual le negó la validez de diversos reglamentos por considerar que no fueron aprobados por el órgano partidista competente.
En el proyecto de resolución presentado por la magistrada presidenta María del Carmen Alanis Figueroa se establece que la mencionada Dirección “indebidamente pretendió aplicar fundamentos legales relativos a la integración de órganos partidistas”, por lo que se decidió revocar el oficio citado.
En su segunda sesión pública del año, la Sala Superior resolvió hoy 39 medios de impugnación, de ellos, 25 juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, ocho juicios de revisión constitucional electoral y seis recursos de apelación.
Uno de estos medios de impugnación está relacionado con el juicio de revisión constitucional interpuesto por el Partido Acción Nacional (PAN), en contra de la sentencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de esa entidad, mediante la cual se confirmó el registro de candidatos del Partido Verde Ecologista de México (PVEM) a diputados bajo el principio de representación proporcional, otorgado por el Consejo General del Instituto Estatal Electoral.
Al respecto, el TEPJF resolvió revocar la sentencia del tribunal y el acuerdo del consejo, debido a que el PVEM presentó una lista de seis fórmulas, en lugar de 12, tal y como se establece en la Ley Electoral del estado.
Por este motivo, se ordenó que el referido consejo requiera al PVEM para que complete las fórmulas de la lista que entregó, apercibiéndolo de que en caso de no hacerlo, no se le registrará candidato alguno para los comicios locales del 17 de febrero próximo.