Confirma Sala Toluca Sanción al PRI en el Estado de México
26/mayo /2004 / Sala Regional Toluca 16/2004
Toluca, Edomex.
La Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la sanción impuesta por el Tribunal Electoral del Estado de México a Ricardo Martínez Flores, ex candidato a presidente municipal de Tepetlixta, Estado de México, así como al Partido Revolucionario Institucional (PRI) y declaró infundados los motivos de inconformidad del Partido de la Revolución Democrática (PRD) que consistían en que se incrementara dicha sanción.
Lo anterior, porque tanto Martínez Flores como el PRI, habían cometido, durante la campaña electoral de 2009 actos infractores a la normativa electoral como el relativo a la distribución de despensas con propaganda electoral, lo cual se encuentra prohibido por la normativa electoral.
Al respecto, los magistrados Santiago Nieto Castillo, ponente en el asunto, Adriana Favela Herrera y Carlos Morales Paulín, declararon infundados los agravios del PRI y Martínez Flores, ya que, contrariamente a lo afirmado por los inconformes, la conducta que derivó de la sanción, sí estaba demostrada y se encontraba prohibida por el Código Electoral de la entidad y los reglamentos que desarrollan los principios que rigen la función electoral, los cuales deben ser observados, como en el caso, por los partidos políticos y candidatos.
Por otra parte, en la demanda ciudadana presentada por Francisco Fernando Tenorio Contreras, contra la resolución de la Comisión Nacional de Garantías (CNG) del Partido de la Revolución Democrática (PRD) en la elección de Presidente y Secretario del Comité Ejecutivo Municipal del PRD en Valle de Chalco, Estado de México; los Magistrados de la Sala Toluca confirmaron dicha resolución porque la causa de nulidad de la elección reclamada por el actor, consistente en que se permitió votar a personas que no se encontraban en la lista nominal, no se demostró y las votación anulada por parte de la CNG del PRD correspondía a 21 casillas, menos de la mitad del total de la votación recibida.
En otro juicio ciudadano presentado por Martín Camargo Hernandez en contra del acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral de Hidalgo, relativo a la solicitud de registro de la fórmula de candidatos a diputados por el principio de mayoría relativa, presentado por la Coalición “Hidalgo nos une”, en el Distrito XIV, con cabecera en Actopan; la Sala Toluca desechó dicha demanda, toda vez que el acto reclamado no tiene carácter de definitivo e inatacable, pues Camargo Hernández presentó un recurso de inconformidad ante la CNG del PRD, partido que forma parte de dicha coalición, para inconformarse por el procesos interno de selección de candidatos y éste aún no ha sido resuelto y una vez que así sea, el demandante podrá combatir dicha resolución
En la sesión de este día, la Sala Toluca resolvió dos juicios de revisión constitucional electoral y cuatro juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano.