Declara TEPJF improcedente queja de PAN por multas de IFE a Coalición Por el Bien de Todos
12/diciembre /2007 / Sala Superior 134/2007
México, D.F.
En particular, Acción Nacional se inconformó por las sanciones impuestas por el IFE al Partido de la Revolución Democrática (PRD), al Partido del Trabajo (PT) y a Convergencia, con el argumentó de que el monto de las mismas dejan de persuadir a los infractores de cometer iguales irregularidades.
Al respeto, en el proyecto presentado por el magistrado Constancio Carrasco Daza se indica que es infundada la inconformidad del PAN cuando aduce que el IFE violó el principio de exhaustividad al tenerse por subsanadas las observaciones hechas a la Coalición Por el Bien de Todos mediante un Oficio de Aclaraciones, cuando lo que debió de hacer era expresar los motivos y los fundamentos del porqué lo consideró así.
Los magistrados calificaron como inoperantes diversos motivos de inconformidad contenidos en la demanda del PAN, toda vez que presentó “argumentos genéricos, vagos e imprecisos”, que dejan de controvertir las consideraciones en que se sustenta el acuerdo tildado por el partido como “ilegal”.
En su resolución, el IFE impuso multas al PRD por 13,055,145.90 millones de pesos; al PT, por 4,888,851.71 millones de pesos, y a Convergencia, por 4,816,019.65 millones de pesos.
El PAN presentó otro recurso de apelación con respecto a la multa que le fijó el IFE, por 17 millones de pesos, por presuntas irregularidades en la contratación de espacios publicitarios en medios electrónicos, el cual está pendiente de resolución.
Los magistrados confirmaron también la resolución del Consejo General del IFE del 29 de agosto de 2007, en la cual se declaró fundada la queja presentada por el PAN en contra de la colocación de propaganda electoral de la Coalición Por el Bien de Todos en el exterior del edificio del ayuntamiento de Jiutepec, Morelos, en el proceso electoral de 2006.
El IFE impuso, con base en esa resolución, multas individualizadas al PRD (20 mil 304.87 pesos), al PT (mil 603.71) y a Convergencia (35 mil 399 pesos), decisión que fue impugnada por el primero de los tres partidos.
La Sala Superior resolvió declarar infundados e inoperantes los agravios presentados por el PRD en contra del IFE, por lo que se confirman las multas fijadas a los partidos por este instituto.
Por otra parte, la Sala Superior desechó el recurso de apelación presentado por la agrupación política nacional Centro Político Mexicano (CPM) en contra de la sanción de 48 mil 670 pesos que le impuso el Consejo General del IFE por irregularidades en el informe anual de ingresos y gastos de ésta, correspondientes al ejercicio 2006.