El TEPJF ordena a Comité Técnico detallar calificaciones de aspirantes al Consejo General del INE
27/mayo /2020 / Sala Superior 98/2020
Ciudad de México
- En sesión pública por videoconferencia, la Sala Superior determina que, en aras del principio de máxima transparencia, se deben dar a conocer las calificaciones individuales de la tercera fase
Por mayoría de votos, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), modificó, en diversos medios de impugnación, el acuerdo del Comité Técnico de Evaluación por el que determinó que pasaron a la siguiente etapa 60 aspirantes al Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), por lo cual debe detallar la puntuación individual que obtuvo cada uno de los aspirantes que continúan en el procedimiento.
Aunque el proceso está suspendido por la emergencia sanitaria por el COVID-19, las magistradas y los magistrados resolvieron en sesión pública no presencial, bajo el formato de videoconferencia, 12 juicios al considerarlos urgentes, para que en su caso el Comité pueda dar cumplimiento al reiniciar el procedimiento de designación.
La mayoría de los juicios está relacionada con la fase de “revisión documental para evaluación de idoneidad”, en la que, de acuerdo con los criterios de evaluación, se les calificó con base en su currículum vitae y documentos soporte (40%); exposición de motivos (30%) y un ensayo (30%). El Comité emitió la lista de los 60 aspirantes con calificaciones más altas, garantizando la paridad de género, y que pasaron a la cuarta fase, la de entrevistas.
En cuanto a las impugnaciones de Jorge Alcocer Villanueva; Guadalupe Gutiérrez Herrera; Sara Pérez Rojas; Alejandra Jazmín Simental Franco; Carlos Ángel González Martínez; Juan Manuel Crisanto Campos; Elsa Karina Córdova Figueroa, Miguel Ángel Calderón Sánchez y Saúl Mandujano Rubio, se ordena al Comité Técnico que a la brevedad publique la lista precisando las calificaciones individuales obtenidas por cada una de las 60 personas que pasaron a la siguiente fase.
Además, se les tendrá que dar a conocer a las y los actores el puntaje y las razones que justificaron los resultados de la evaluación de su expediente. En el caso de Juan Ignacio Bilbao Vázquez, persona con discapacidad, se ordenó además al Comité Técnico dé a conocer las razones por las cuales llegó a esa valoración y, particularmente, cómo valoró su condición de persona con discapacidad motriz conforme con el criterio de evaluación relativo al valor democrático de inclusión.
En los casos de María Guadalupe González Jordán, René Osiris Sánchez Rivas y José Caleb Vilchis Chávez, se confirma el proceso que lleva a cabo el Comité Técnico, respecto de la etapa de examen de conocimientos y su correspondiente revisión. (Asuntos: SUP-JDC-175-2020; SUP-JDC-180/2020; SUP-JDC-187-2020; SUP-JDC-178/2020; SUP-JDC-174/2020; SUP-JDC-172/2020; SUP-JDC-182/2020; SUP-JDC-177/2020; SUP-JDC-167-2020; SUP-JDC-185-2020; SUP-JDC-193/2020 y SUP-JDC-181/2020)
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