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REPORTE DE SESIÓN PÚBLICA

27/junio /2007 / Sala Superior 47/2007

México, D.F.

  • Confirma TEPJF Asignación de Diputados por Representación Proporcional en Yucatán
  • Confirma la Sala Superior Resultados en Timucuy y Chichimilá

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación desahogó en sesión pública un total de 23 juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano y cinco juicios de revisión constitucional emitidos por autoridades electorales de diversos estados, así como de instancias de diversos partidos políticos.

En sesión pública, la Sala Superior continuó con el desahogo de juicios promovidos en contra de los resultados de los comicios celebrados el pasado 20 de mayo en Yucatán. Al respecto la Sala Superior del TEPJF resolvió los juicios de revisión constitucional relativos a los ayuntamientos de Timucuy y Chichimilá, así como la asignación de diputados por el principio de representación proporcional.

Así las cosas, al confirmar por unanimidad la asignación de diputados, el TEPJF consideró que la resolución impugnada por el Partido de la Revolución Democrática sí cumplió con el requisito de motivación y fundamentación por parte del Tribunal Estatal Electoral.

Por esta razón, la asignación de diputados de representación proporcional al Congreso de Yucatán es: Coalición Alianza Ciudadana (PRI-PVEM-PAY), cuatro; PAN, cuatro; PRD, uno, y uno para la coalición Todos Somos Yucatán (PT-Convergencia). Una vez resuelto el único juicio interpuesto ante este organismo electoral en contra de la integración del congreso, la Legislatura local deberá instalarse el próximo 1º de julio.

En tanto, al no concederle la razón al partido quejoso (PRI), y después de considerar como inoperantes e infundados los agravios esgrimidos, el TEPJF confirmó los resultados de la jornada electoral y validó el triunfo de los candidatos del PAN en el municipio de Timucuy.

Asimismo, en relación al municipio de Chichimilá, el TEPJF desechó la demanda presentada por el PRI, al considerar que la violación reclamada no es determinante, pues aún de declararse la nulidad de la votación recibida en las casillas impugnadas, no se alteraría el resultado de la elección, ni repercutiría tampoco en las asignaciones por el principio de representación proporcional, por lo que se confirmó el triunfo de la planilla de candidatos postulados por Acción Nacional.

En otro orden de ideas, en cuanto al juicio relacionado con los comicios a celebrarse el próximo 1º de julio en Zacatecas, este órgano jurisdiccional consideró que un regidor no está obligado a separarse del cargo para estar en aptitud de participar como candidato a diputado local, ya que tal función no conlleva ejercicio de autoridad, por lo que confirmó el registro de Arnoldo Alfredo Rodríguez Reyes, como candidato del PAN a diputado propietario de mayoría relativa por el II Distrito con cabecera en la capital del Estado.

Asimismo, en el SUP-JRC-95/2007, al considerar que la autoridad electoral local se sujetó en su resolución al principio de legalidad, además de que sí abordó el aspecto atinente al cálculo individual de los topes de gastos de campaña que debía corresponder a cada ayuntamiento, la Sala Superior del TEPJF confirmó el acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral de Michoacán, relativo a la aprobación de topes máximos para las elecciones de Gobernador, diputados y ayuntamientos, a celebrarse el próximo 11 de noviembre.

Por lo que respecta a los 23 juicios para la protección de los derechos político electorales del ciudadano que se resolvieron este día, cuatro se hicieron valer contra resoluciones de órganos de dirección del Partido Acción Nacional. En Veracruz, los magistrados ordenaron a la Comisión Electoral Interna del Comité Directivo Estatal del PAN atender, en un plazo de 72 horas, la petición de Gabriel López Utrera, quien impugnó los resultados de la encuesta para la elección interna de candidatos del partido para integrar el ayuntamiento de Úrsulo Galván. De igual forma, al quedar demostrado que no se respetó la garantía de audiencia a Juan Nazario Montor, se ordenó a la Comisión Electoral Interna de la Delegación Municipal del instituto político en Carlos A. Carrillo, seguir el procedimiento respecto de la acreditación o no de la infracción imputada al actor y, posteriormente, emitir una nueva resolución fundada y motivada. Lo anterior en virtud que al actor le fue cancelado su registro como precandidato para participar en la convención municipal respectiva.

En tanto que se confirmó la resolución de la Comisión de Orden del Consejo Nacional consistente en expulsar a Héctor Zurita Brito como miembro activo del partido. Por lo que hace al estado de Campeche, se validó la Asamblea Municipal de Acción Juvenil celebrada el 18 de febrero.

Respecto de dos juicios para la protección de los derechos político electorales presentados contra resoluciones de órganos de dirección del Partido Revolucionario Institucional, los magistrados revocaron el dictamen de la Comisión Estatal de Procesos Internos en Chiapas, que, a su vez, revocó el registro de Eutiquio Velasco como precandidato en el proceso interno de postulación de candidatos en el municipio La Trinitaria. En la sentencia elaborada por el magistrado Constancio Carrasco Daza se instruyó a la citada comisión, para que, en uso de sus facultades y atribuciones, substanciar un procedimiento donde se respeten todas las formalidades y en el que se deberá analizar la situación jurídica del actor al interior del PRI y, en el caso de comprobarse su militancia y el cumplimiento de los requisitos para registrar su candidatura, realizar la sustitución correspondiente en un plazo de cinco días.

Asimismo, los magistrados ordenaron al Comité Directivo Estatal del PRI en Sinaloa, por conducto de su Comité Municipal en Guasave, entregue a Marco Antonio Llanes, en un plazo de 24 horas, la constancia que le acredita estar al corriente en el pago de cuotas partidarias.

Referente a procesos de selección de candidatos en diversos estados de la República: en Oaxaca, donde se celebrarán elecciones el próximo 5 de agosto, los magistrados revocaron el registro de María del Carmen López Vázquez en el lugar número 8 de la lista de candidatos a diputados de representación proporcional postulada por la coalición Por el Bien de Todos, y le instruyeron para que, en un plazo de tres días, solicite ante el Consejo Estatal Electoral el registro de Wilfredo Fidel Vázquez López.

Con miras a los comicios del próximo 1 de julio en Durango y Chihuahua, en el primero de estos estados, los magistrados de la Sala Superior ordenaron al Consejo Estatal Electoral que realice la modificación de la planilla de los candidatos postulados por el Partido de la Revolución Democrática a miembros del ayuntamiento de Nazas. Asimismo, se confirmó el acuerdo 199 que aprobó las candidaturas a diputados por el principio de representación proporcional, presentadas, en particular por el Partido Duranguense.

De Chihuahua, los magistrados confirmaron el acuerdo de la Asamblea General del Instituto Electoral de Chihuahua que declaró procedente el registro de seis fórmulas de candidatos a diputados por el principio de representación proporcional, postulados por el PVEM, que fue impugnado por Gerardo Cortinas Murra. En la sentencia quedó demostrado que el actor ya no es militante del citado partido y, por tanto, carece de interés jurídico para impugnar el proceso de selección de candidatos. En tanto, en los juicios promovidos por Guadalupe Esther Espejel y Antonio Quintana, los magistrados desestimaron la pretensión de los actores, consistente en ser registrados como candidatos a regidores en propietaria y suplente, respectivamente, en Nuevo Casas Grandes.

Por otra parte, al resultar fundados los agravios incoados por María Elena Rojo Almaraz, se ordenó su registro como primera regidora propietaria de la planilla de miembros del ayuntamiento de Chihuahua, postulados por la coalición Unidos por Chihuahua, quien presuntamente había presentado escrito de renuncia a su candidatura.

Respecto a la impugnación de María Guadalupe Ramírez y 46 militantes más del PASC, quienes se inconformaron por el impedimento para participar en la Primera Asamblea Federada Extraordinaria del PASC, su realización y los acuerdos adoptados en ella, los magistrados confirmaron la resolución adoptada por la autoridad responsable, al quedar demostrada la suspensión de éstos en los cargos que ostentaban dentro del partido.

Por último, fueron desechados siete juicios para la protección de los derechos político electorales del ciudadano presentados contra actos y resoluciones de autoridades electorales de los estados de Chihuahua y Zacatecas, así como órganos de dirección del PRD, PASC, PRI, y la Junta Distrital Ejecutiva del Distrito 11 en el Distrito Federal. Al tiempo que se ordenó a la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores del IFE, por conducto del vocal respectivo en la Junta Ejecutiva del Distrito 11 en Oaxaca, expedir a Justina Serrano su credencial para votar con fotografía, así como su inclusión en la lista nominal de electores.