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REPORTE DE SESIÓN PÚBLICA

27/junio /2007 / Sala Superior 48/2007

México, D.F.

  • Resuelve TEPJF Ocho Recursos de Apelación Presentados en Contra del IFE

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió ocho recursos de apelación interpuestos contra diversos actos y resoluciones del Instituto Federal Electoral. Seis de Éstos fueron promovidos por partidos políticos nacionales y dos por las Agrupaciones Políticas “Comisión de Organizaciones del Transporte y Agrupaciones Ciudadanas” y “Consejo Nacional de Organizaciones”.

Los partidos Revolucionario Institucional, Verde Ecologista de México y de la Revolución Democrática cuestionaron –en el acuerdo de la Comisión de Fiscalización de los Recursos de los Partidos y Agrupaciones Políticas por el que dio a conocer el criterio para valorar la documentación que sea presentada fuera del plazo concedido para subsanar los errores u omisiones encontrados durante la revisión de los informes anuales correspondientes al 2006.

Por mayoría, la Sala Superior revocó el acuerdo impugnado, basada, fundamentalmente, en que la autoridad que lo emitió carecía de facultades para hacerlo. Al respecto, los magistrados recordaron que las diversas normas otorgan a la referida Comisión facultades que la limitan a elaborar lineamientos técnicos u operativos para la presentación de los informes, empleo y aplicación de los ingresos, así como el registro de ingresos y egresos de los partidos, sin que ello implique la facultad de establecer sanciones jurídicas por el incumplimiento de las mismas.

De igual manera, al estimar fundados los agravios formulados por el Partido de la Revolución Democrática, el TEPJF revocó -por unanimidad- una resolución del Consejo General del Instituto relacionada con la realización de actos anticipados de campaña.

Ahora, esta autoridad deberá investigar diversos actos relacionados con la realización o no de tales actos anticipados de campaña efectuados en el estado de Chiapas, presuntamente llevados a cabo a través de la publicación, entre otros de cintillos en los principales diarios, anuncios en paredes, colocación de mantas en carreteras y promocionales en medios electrónicos.

En el mismo sentido, el TEPJF revocó una resolución cuestionada por el Partido de la Revolución Democrática, debido a que carecía de una adecuada fundamentación y motivación. En este recurso, el PRD cuestionó los lineamientos para el otorgamiento de materiales bajo la modalidad de comodato.

El Partido Acción Nacional cuestionó la resolución por la cual resolvió una denuncia contra la Coalición “Por el Bien de Todos”, por hechos que consideró contrarios a la normatividad electoral. En concreto, el blanquiazul alegó la presunta realización de actos anticipados de campaña en 2005. Con el voto en contra del magistrado Salvador Olimpo Nava Gomar, el TEPJF confirmó la resolución del Consejo General. Al respecto, se presentaron como pruebas una carta de despedida del entonces jefe de gobierno del Distrito Federal, la impresión de un tríptico y un evento convocado por una autoridad delegacional. Al respecto, el TEPJF indicó que el partido apelante realizó una repetición de los agravios formulados ante el Instituto

Finalmente, por lo que se refiere a los recursos de apelación interpuestos por las Agrupaciones Políticas Nacionales, la Sala Superior confirmó la determinación cuestionada por la “Comisión de Organizaciones del Transporte y Agrupaciones Ciudadanas” y desechó el recurso interpuesto por la Comisión Nacional de Organizaciones.