Confirma Sala Toluca negativa de registro del PSD en el Estado de México.
26/marzo /2010 / Sala Regional Toluca 8/2010
Toluca, Mé.x
• Ordena a Juntas Distritales del IFE en Hidalgo entregar credenciales para votar a ciudadanos
La Sala Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), confirmó la resolución del Tribunal Electoral del Estado de México que negó el registro del antes Partido Socialdemócrata como partido político local, dictaminada por el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México.
La resolución propuesta al pleno por la magistrada Adriana Favela Herrera y aprobada por unanimidad, señala que el demandante incumplió con lo previsto en el artículo 37 del Código Electoral del Estado de México, el cual exige, para el otorgamiento del registro como partido político local, la obtención del 1.5 por ciento de la votación válida emitida en la última votación de diputados y el mismo porcentaje en la de ayuntamientos.
Al respecto el PSD sostenía que para el otorgamiento de su registro bastaba sumar los resultados de las elecciones tanto de ayuntamientos como de diputados locales; sin embargo los magistrados de la Sala Toluca señalaron que dicha inconformidad era improcedente debido a que la ley electoral local señala que los porcentajes indicados deben obtenerse en cada una de las elecciones locales mencionadas y el PSD no lo obtuvo para el caso de la pasada elección de ayuntamientos.
En otros juicios ciudadanos promovidos por Raciel Pérez Cruz y Josué Carmona Ramos, quienes se inconformaron con la omisión de la Comisión Nacional de Garantías (CNG) del Partido de la Revolución Democrática (PRD) de resolver los recursos intrapartidarios promovidos contra las elecciones de dirigentes municipales de ese instituto político en los municipios de Tlalnepantla de Baz, y la Paz, Estado de México, respectivamente; los Magistrados Santiago Nieto Castillo, Adriana Favela Herrera y Carlos Morales Paulín, ordenaron a la CNG del PRD resolver los recursos intrapartidarios en un plazo de 24 horas y, en igual plazo, remitir copias certificadas de las mismas a la Sala Regional.
Por otra parte, en los juicios ciudadanos promovidos por Isidro Cruz Espinosa y Juan Manuel Solano Moreno, quienes se inconformaron con las resoluciones de la CNG del PRD que declaró improcedentes los recursos intrapartidarios en las elecciones de dirigentes del Comité Ejecutivo Municipal del PRD en los municipios de Actopan, Hidalgo y Ocoyoacac, Estado de México, respectivamente; los Magistrados de la Sala Toluca confirmaron dichas resoluciones ya que los agravios de los demandantes eran improcedentes.
Finalmente en los juicios ciudadanos presentados por Francisco Feliciano Medina Acosta y José Luis Hernández Cabrera, en contra de la resolución de la Junta Distrital Ejecutiva 06 del IFE en el Estado de Hidalgo, que declaró improcedentes sus solicitudes de expedición de la credencial para votar con fotografía; los magistrados de la Sala Toluca revocaron dichas determinaciones y ordenaron la expedición y entrega de las credenciales solicitadas.
En la sesión de este día, la Sala Toluca resolvió 9 juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano y un juicio de revisión constitucional electoral.