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La justicia abierta va aparejada con el desarrollo de las tecnologías de la información: TEPJF

16/junio /2018 / Sala Superior 205/2018

Saltillo, Coahuila de Zaragoza

  • Los magistrados Rodríguez Mondragón y De la Mata Pizaña presentaron el libro Justicia Abierta, educación jurídica y derechos humanos
  • Coinciden en señalar que cuando se adoptan mecanismos como la justicia abierta, lo que se busca promover en el fondo es una cultura de legalidad para que la ciudadanía se comporte de manera correcta 

Los magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), Felipe de la Mata Pizaña y Reyes Rodríguez Mondragón, aseguraron que la justicia abierta no puede concebirse sin un desarrollo pleno de las tecnologías de la información.

Al participar en la presentación del libro Justicia Abierta, educación jurídica y derechos humanos, coordinado por Luis Efrén Ríos Vega, Irene Spigno y Rodríguez Mondragón, los magistrados subrayaron que la justicia abierta implica la realización de acciones que traen múltiples beneficios sociales, especialmente para todo el orden jurídico, el cual requiere y se basa en la credibilidad y legitimidad del derecho frente a la sociedad.

El magistrado Felipe de la Mata Pizaña aseguró que la impartición de justicia debe ser uno de los puntos más claros de la actividad institucional y, particularmente, la justicia electoral tiene ese deber con la ciudadanía, ya que se traduce en la forma de regir a quienes desarrollarán cargos públicos.

Durante su participación, subrayó que hoy la justicia abierta no puede concebirse sin un desarrollo pleno de las tecnologías de la información, aprovechando la finalidad concreta de cada una de las redes sociales --Twitter, Facebook, Instagram y Linkedin--, entre otras, ya que cada una de ellas cumple un objetivo comunicativo, sobre todo porque la idea es que la sociedad en su conjunto esté enterada lo más posible de la existencia y funcionamiento del Tribunal Electoral.

“Debemos construir un interés en la formación de una cultura democrática, porque una de las principales finalidades de generar una justicia abierta es, por supuesto, fortalecer la autonomía e independencia judicial, porque cuando más conoce la sociedad la forma como actúa un tribunal, más se fortalece su perspectiva de neutralidad”, afirmó De la Mata Pizaña.

En este contexto, puntualizó, es importante mencionar que la justicia abierta puede facilitar el entendimiento de las decisiones judiciales y su aceptación, porque, en suma, puede ayudar a dar la transparencia necesaria para que la objeción contra mayoritaria sea un aspecto menor en el debate público y la ciudadanía comprenda mejor los elementos técnicos que imperan en la toma de decisiones judiciales.

En su turno, el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón indicó que la justicia abierta son acciones que traen consigo múltiples beneficios sociales, no sólo para las instituciones que aplican en derecho, sino especialmente para todo el orden jurídico, para el sistema legal en el cual requiere y se basa la credibilidad y legitimidad del derecho frente al público.

“La apertura de los tribunales en los términos planteados, si se hace de manera correcta, es que la sociedad entienda mejor la labor que realizan los órganos jurisdiccionales, lo que abona a una mejor aceptación o lo que pretende abonar a que se acepten las resoluciones que emiten los tribunales independientemente de cuál sea el resultado”, comentó.

El magistrado afirmó que cuando se adoptan mecanismos, como la justicia abierta, lo que se debe promover es una cultura de legalidad para que, en general, toda la ciudadanía se comporte de manera correcta o de la manera socialmente deseable y, en el contexto actual, expuso, se deben tomar en cuenta los avances recientes de la tecnología y todos estos procesos de nuevas comunicaciones que hoy en día transforman, sin duda, la relación entre las instituciones y la sociedad, entre lo público y lo privado.

“Dado el grado de inserción que tienen estas herramientas en nuestra vida cotidiana, pueden servir, sin duda, en la implementación de los principios de la justicia abierta, como, por ejemplo, concertar audiencias o coordinar eventos tales como observatorios, entrevistas, participaciones en programas de radio, televisión, publicaciones, videoconferencias, sin duda, otra serie de actividades que se llevan a cabo no sólo por los tribunales, sino también por las diversidades en el ámbito jurídico”, destacó.

En su turno, la investigadora de Derecho Constitucional Comparado en la Universidad de Siena, Irene Spigno, indicó que la justicia abierta no debe ser vista como una manera por medio de la cual los jueces se legitiman, ya que esa legitimación “la deben obtener a través de sus fallos, de sus resoluciones fuertes y coherentes, no a través de redes sociales, no a través de transparencia, porque la transparencia sirve para otras cosas”.