LA PROPAGANDA IMPRESA DE CANDIDATOS DEBE IDENTIFICAR CLARAMENTE A QUIEN LOS POSTULA
17/junio /2016 / Sala Regional Monterrey 33/2016
Sala Regional Monterrey
- La Sala Regional revocó la resolución emitida por la Sala Administrativa y Electoral del Poder Judicial del Estado de Aguascalientes, pues estimó necesario que en la propaganda impresa de un candidato se identifique a quien lo postula, ya sea partido político o coalición.
El PAN denunció a José de Jesús Ríos Alba, candidato a la presidencia municipal de Aguascalientes postulado por la coalición integrada por el PRI, PVEM, PT y PANAL, pues consideró que su propaganda violaba la ley electoral ya que sólo contenía el emblema del PRI y no de la aludida coalición. Al respecto, la Sala de Aguascalientes determinó que era posible que la referida propaganda solo contuviera el emblema de uno de los partidos políticos que lo postuló, no obstante que dicho candidato fue postulado por diversos partidos de forma conjunta.
Inconforme con la mencionada sentencia, el PAN la impugnó ante la Sala Regional y esta determinó revocar dicho fallo dado que, contrario a lo resuelto por la autoridad local, la propaganda electoral impresa de los y las candidatas postulados por una coalición debe identificar de forma precisa a quien los postula, para evitar confundir al electorado porque así lo dispone expresamente la ley electoral del estado.
Durante la sesión pública, la Sala Monterrey resolvió 1 juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano y 2 juicios de revisión constitucional electoral.
La Sala Monterrey del TEPJF es la instancia federal encargada de impartir justicia electoral dentro de la segunda circunscripción electoral que comprende los estados de Aguascalientes, Coahuila, Guanajuato, Nuevo León, Querétaro, San Luis Potosí, Tamaulipas y Zacatecas. Está integrada por la magistrada Claudia Valle Aguilasocho, quien la preside y los magistrados Yairsinio David García Ortiz y Reyes Rodríguez Mondragón.
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