Principio de legalidad en trámites electorales y en la admisión de impugnaciones ante la Sala Regional Ciudad de México
3 /junio /2016 / Sala Regional Ciudad de México 32/2016
Ciudad de México
La Sala Regional Ciudad de México en Sesión Pública celebrada el día de hoy, desechó las demandas promovidas por tres ciudadanos, presentadas a fin de controvertir los acuerdos del Consejo General del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones, relacionados con el registro de los candidatos a integrantes del Ayuntamiento de Zacatelco en ese estado, basando su impugnación en que los candidatos se ubicaban en un requisito de inelegibilidad; sin embargo, el Pleno de la Sala Regional, consideró que los actores no acreditaron interés jurídico en tanto que sus planteamientos no se dirigían a evidenciar alguna afectación directa a sus derechos.
En la misma sesión desechó el juicio planteado en contra de la 3 Junta Distrital Ejecutiva en el Estado de Tlaxcala, promovido para combatir la falta de entrega de su credencial debido a que la parte actora tuvo conocimiento de la negativa de expedición de su credencial para votar en el mes de marzo, y no fue hasta el 31 de mayo que presentó la demanda, lo cual resulta extemporáneo pues el plazo legal con el que contaba para presentarla era de cuatro días.
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