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SALA REGIONAL XALAPA REVOCA LA DESIGNACIÓN DE LA PRIMERA FÓRMULA DE CANDIDATOS A DIPUTADOS DE RP DEL PAN EN OAXACA

26/mayo /2016 / Sala Regional Xalapa 23/2016

Xalapa - Enríquez, Veracruz

• Confirma resolución del Consejo General del INE relativa a la cancelación del registro de Rubén Moreno Archer como candidato independiente a diputado en el estado de Veracruz
• Confirma registro de Carol Antonio Altamirano como diputado de MR de la coalición PAN/PRD

En la sesión pública de 26 de mayo de 2016, la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó las resoluciones de los juicios de inconformidad 46 y acumulados; 47, y 56 y su acumulado emitidas por la Comisión Jurisdiccional Electoral del Consejo Nacional del Partido Acción Nacional (PAN) en lo relativo a la designación de la primera fórmula de candidatos a diputados por el principio de representación proporcional (RP) integrada por Juan Mendoza Reyes y Joel Isidro Inocente, para el proceso electoral local en curso en el estado de Oaxaca. Lo anterior, al resolver el juicio ciudadano 177 y sus acumulados, promovido por José Manuel Vázquez Córdova y otros.

Los magistrados electorales sólo consideraron existente el agravio relativo al establecimiento de un requisito desproporcional y excesivo en la invitación a participar en el proceso de designación de la primera fórmula de candidatos a diputados de RP, toda vez que el requisito de que sólo podían participar quienes hubiesen obtenido las firmas de cinco de los integrantes del Comité Directivo Estatal del PAN se traduce en una disposición limitativa del derecho a participar en el proceso de designación de candidatos.

Bajo esta circunstancia, al no encontrar base constitucional, legal o estatutaria para la validez de la restricción señalada, el Pleno de la Sala Regional Xalapa revoca la designación de la mencionada primera fórmula de candidatos, a efecto de que el Comité Ejecutivo Nacional (CEN) del PAN realice una nueva designación.


Sala Regional Xalapa confirma resolución del Consejo General del INE relativa a la cancelación del registro de Rubén Moreno Archer como candidato independiente a diputado en el estado de Veracruz

En otro asunto, al resolver los juicios ciudadanos 203 y 213, la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó, en lo que fue materia de impugnación, el “dictamen consolidado” y la “resolución de las irregularidades encontradas” emitidos por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, en las que, entre otras cuestiones, sancionó a Rubén Moreno Archer, con la pérdida o en su caso, la cancelación del registro como candidato independiente, derivado de las irregularidades encontradas en el dictamen consolidado de la revisión de los informes de ingresos y gastos para el desarrollo de los actos tendientes a obtener el apoyo ciudadano como aspirante a candidato independiente al cargo de diputado local por el Distrito Electoral X de Xalapa I, en el estado de Veracruz.

Los magistrados federales determinaron que, contrario a lo expresado por el promovente, la autoridad responsable fundamentó y motivó de manera correcta la resolución y el dictamen consolidado, detallando los argumentos que explicaban su actuación, así como los preceptos legales que la regulan. Esto es, que la fiscalización de los apoyos de los aspirantes a candidatos independientes se calendarizó oportunamente, además de que la autoridad efectuó un recordatorio de la obligación de presentar su informe de obtención de apoyo ciudadano; razonándose que el mismo debía ser detallado y entregarse oportunamente en los formatos autorizados para tal efecto.

Además, el actor al atender el oficio de errores y omisiones, no realizó manifestación respecto de la presentación del informe o en su caso la imposibilidad de su debida presentación por alguna causa justificada, y tampoco acudió a la reunión técnico contable en la que se confrontarían las observaciones determinadas en la revisión del informe. De ahí que se diera por incumplida la presentación del informe de ingresos y gastos antes mencionado.


Sala Regional Xalapa confirma registro de Carol Antonio Altamirano como diputado de MR de la coalición PAN/PRD


La Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó el registro de la fórmula de diputados de mayoría relativa para el distrito local XIX, con cabecera en Salina Cruz, Oaxaca, compuesta por Carol Antonio Altamirano y Hugo Jarquín, quienes fueron postulados por la Coalición “Con Rumbo y Estabilidad para Oaxaca”, integrada por los partidos políticos Acción Nacional y de la Revolución Democrática.

Lo anterior, al resolver los juicios de revisión constitucional 59 y 64, así como el juicio ciudadano 201, todos de este año, promovidos respectivamente, por el Partido del Trabajo, Carol Antonio Altamirano y el Partido Acción Nacional.

Los magistrados federales declararon infundado el agravio del Partido del Trabajo relativo al incumplimiento de los requisitos de elegibilidad previstos en la normativa partidista porque tales requisitos exclusivamente se refieren a las exigencias constitucionales y legales para ser registrado como candidato a un cargo de elección popular, por lo que el cuestionamiento del partido actor no trasciende del ámbito interno partidista.

Por otra parte, declararon fundados los agravios del Partido Acción Nacional y de Carol Antonio Altamirano, respecto a que la demanda primigenia era improcedente, porque no se presentó oportunamente contra el proceso de designación de dicho candidato y, por tanto, sólo procedía analizar el acuerdo de registro por vicios propios.

Lo anterior, porque el tribunal estatal indebidamente analizó el proceso de designación de Carol Antonio Altamirano, no obstante que esto no fue controvertido oportunamente en el primer juicio, a partir de la fecha en que se publicó la determinación conforme a las reglas previstas.

En este orden, aun cuando no era posible analizar el citado proceso de designación a través del acuerdo de registro ante la autoridad electoral, la responsable sustentó su fallo en el análisis de una etapa que ya había quedado firme. De ahí que se confirmara el registro de la candidatura mencionada.

En la sesión pública de resolución de este miércoles se analizaron y resolvieron 23 juicios ciudadanos, nueve juicios de revisión constitucional electoral y tres recursos de apelación.

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