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LA SALA REGIONAL GUADALAJARA DEL TEPJF RESUELVE DIVERSOS MEDIOS DE IMPUGNACIÓN CONTRA LA OMISIÓN DE RESOLVER UN MEDIO DE DEFENSA INTERNO.

11/mayo /2016 / Sala Regional Guadalajara 25/2016

Guadalajara, Jalisco

En los Juicios Ciudadanos 160 al 163, todos del 2016, las Magistradas y el Magistrado de la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, consideraron fundado el agravio de la parte actora, toda vez que la Comisión Jurisdiccional Electoral del Partido Acción Nacional no ha resuelto, en los términos que establece la norma, el juicio de inconformidad que se promovió para impugnar la lista de candidatos de dicho partido en el Estado de Sinaloa.

Por ello, se ordenó al citado órgano partidario que resuelva el medio de defensa dentro de las 24 horas siguientes a la notificación de la sentencia. Asimismo, dado que no remitió el trámite de los medios de impugnación, se le impuso una amonestación pública.