RESULEVE LA SALA REGIONAL TOLUCA 83 JUICIOS RELACIONADOS CON EL REGISTRO DE PLANILLAS DE CANDIDATURAS A DIVERSOS AYUNTAMIENTOS DEL ESTADO DE HIDALGO
3 /mayo /2016 / Sala Regional Toluca 20/2016
Toluca de Lerdo, Edo. de Méx., a
En el análisis de los asuntos, los integrantes del pleno determinaron primeramente acumular los asuntos relacionados y en el fondo, consideraron fundados los agravios relativos a la negativa de registro de planillas, dado que el IEEH omitió efectuar las prevenciones correspondientes, a efecto de que pudiera subsanar las irregularidades detectadas al momento de la revisión de los requisitos establecidos para la aprobación de los registros de las candidaturas.
Aunado a lo anterior, se consideró que aún en el caso de incumplimiento o desahogo deficiente de los requerimientos, la medida adoptada por el Instituto de negar la totalidad de la planilla en la que se detectaron irregularidades, fue desproporcionada.
Por otro lado declararon infundado el agravio aducido por la parte actora en el juicio ciudadano 162, referente a que se debió inaplicar la regla de paridad vertical en la postulación, por considerarlo desproporcional. Lo infundado deriva de que la regla de alternancia es el medio idóneo para asegurar la participación de las mujeres no solo como integrantes, sino en una posición que garantice su participación en la toma de decisiones.
Derivado de lo anterior, revocaron los acuerdos emitidos por el referido Instituto Electoral y ordenaron a éste, así como a los respectivos Comités Ejecutivos Nacionales del PAN y PRD, para que desarrollen las acciones precisadas en la sentencia, relativas al cumplimiento de los requerimientos que debe efectuar la autoridad administrativa a fin de que el partido político esté en posibilidad de solventar las irregularidades correspondientes.
Asimismo, los magistrados instruyeron al Instituto Estatal Electoral de la referida entidad federativa, no imprimir las boletas de la elección de munícipes, hasta que el procedimiento ordenado en la ejecutoria de mérito se haya completado.
Otro de los asuntos resueltos en la sesión pública fue el juicio ciudadano 123, promovido por María Gabriela Lugo Mejía y Martín Camargo Hernández en su carácter de aspirantes a Presidenta y Síndico, respectivamente del Partido político MORENA para el ayuntamiento de Actopan, Hidalgo, en el que impugnaron una resolución emitida por la Comisión de Honestidad y Justicia del referido Instituto político.
Al respecto los magistrados consideraron fundado el agravio relativo a la falta que cometió el órgano partidario de valorar y confrontar los perfiles de los actores para aprobar o negar el registro como aspirantes a los referidos cargos.
En razón de lo anterior, revocaron el acto impugnado y en plenitud de jurisdicción ordenaron a la Comisión Nacional de Elecciones de MORENA designe a quienes habrán de contender en términos de lo señalado en la sentencia.
En la sesión pública los integrantes del pleno hicieron la aclaración de que los asuntos resueltos no obstaculizan el curso legal que deben seguir las planillas que ya fueron aprobadas, por lo que deben seguir con el proceso de campaña correspondiente.
En la sesión pública se resolvieron 80 juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano y 3 juicios de revisión constitucional electoral.
La sesión pública puede consultarse en la página de internet www.portal.te.gob.mx y en la página www.youtube.com /Sala Regional Toluca del TEPJF.
Síguenos en twitter: @TEPJF_TOL
YouTube: Sala Regional Toluca del TEPJF
Quinta Circunscripción
Colima, Hidalgo, Estado de México y Michoacán