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SALA XALAPA REVOCÓ ACUERDO DEL IEQROO QUE NEGÓ EL REGISTRO A JOSÉ MANUEL GARCÍA SALAS COMO CANDIDATO A PRESIDENTE MUNICIPAL DE PUERTO MORELOS

22/abril /2016 / Sala Regional Xalapa 16/2016

Xalapa-Enríquez, Veracruz

 

 
• Sala Xalapa confirma sentencia del TEV que revocó acuerdo del OPLE relativo a los apoyos ciudadanos de Diego Alberto Santamaría Leyva


En la sesión pública de veintidós de abril de 2016, la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), al resolver el juicio ciudadano 139, revocó el acuerdo IEQROO/CG/A-124-16 del Instituto Electoral de Quintana Roo (IEQROO) que negó a José Manuel García Salas el registro como candidato a presidente municipal del Ayuntamiento de Puerto Morelos por la coalición “Quintana Roo UNE, Una Nueva Esperanza” integrada por los partidos Acción Nacional (PAN) y de la Revolución Democrática (PRD).

Una vez justificado el salto de la instancia, los magistrados electorales determinaron que los razonamientos de la responsable fueron incorrectos, pues si bien el actor fue acreedor a una sanción administrativa de inhabilitación para ocupar cargos públicos, lo cierto es que dicho ciudadano promovió un juicio de amparo a fin de controvertir la legalidad de dicha determinación, y actualmente se encuentra bajo juicio, por lo que se tiene la posibilidad de ser modificada o revocada, hasta en tanto no adquiera definitividad y firmeza.

Como consecuencia de lo anterior, el Pleno de la Sala Regional Xalapa revocó la negativa de registro y ordenó al Instituto Electoral de Quintana Roo que, en un plazo de 24 horas, de no encontrar otra causa de inelegibilidad o impedimento legal, lleve a cabo los actos correspondientes al registro de José Manuel García Salas como candidato a presidente municipal del Ayuntamiento de Puerto Morelos.

Por otra parte, en la misma sesión pública, al resolver el juicio de revisión constitucional 31 de la presente anualidad, promovido por el Partido Acción Nacional (PAN), la Sala Xalapa confirmó la sentencia del Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) que revocó el acuerdo A72/OPLE/VER/CG/17-03-16 del Organismo Público Local Electoral (OPLE) de Veracruz relativo a la supuesta extemporaneidad en la presentación de las cédulas de apoyos ciudadanos del aspirante a candidato independiente a diputado local, Diego Alberto Santamaría Leyva.

Los magistrados federales determinaron que la resolución del TEV fue correcta porque la autoridad administrativa electoral expidió la constancia de aspirante al actor el veinticuatro de enero del presente año, por lo que debe considerarse que fue a partir de esa fecha que el ciudadano Diego Alberto Santamaría Leyva adquirió tal calidad y, en consecuencia, el plazo a que se refiere el artículo 267 del código comicial veracruzano corrió a partir de ese momento; por tanto se ordenó al OPLE de Veracruz continuar con el procedimiento de verificación de la documentación correspondiente a dichos apoyos ciudadanos, para que se declare si procede el registro como candidato independiente a diputado local por el principio de mayoría relativa.

En la sesión pública de resolución de este viernes se analizaron y resolvieron 6 juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, 3 juicios de revisión constitucional electoral y 2 recursos de apelación.

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