A través de sus resoluciones la Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, protege el derecho ciudadano a votar y ser votado
21/abril /2016 / Sala Regional Ciudad de México 18/2016
Ciudad de México
Dos aspirantes a candidatos a Presidentes Municipales de los municipios de Nanacamilpa de Mariano Arista y Hueyotlipan, en el estado de Tlaxcala, ambos del Partido de la Revolución Democrática, promovieron juicio ciudadano en contra del acuerdo que el Comité Ejecutivo Estatal de dicha organización política propuso para ratificación a la homologa instancia nacional, en la cual se excluye su intención de ser candidatos a ediles, por un ajuste de paridad de género al interior de dicho partido.
Al respecto la Sala Regional determinó desechar los juicios ciudadanos al estimar que la propuesta no vulnera sus derechos a ser votados en tanto que constituye un proyecto respecto al cual tendría que pronunciarse el Comité Ejecutivo Nacional del Partido de la Revolución Democrática y en consecuencia lo combatido en el juicio que se resuelve no constituye un acto definitivo.
Por otra parte, la Sala revocó la resolución de la Comisión Jurisdiccional del propio partido a través del cual declaró improcedente la queja interpuesta por un aspirante a candidato a la presidencia municipal de Tlaxcala, de la entidad del mismo nombre; además, para garantizar el derecho a la justicia del actor, la sala conoció directamente del trámite de queja, confirmando la elección y ordenando amonestar a la Comisión Ejecutiva Estatal del Partido de la Revolución Democrática.
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