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Imponen multa a la Comisión Nacional de Garantías del PRD

10/septiembre/2008 / Sala Regional Xalapa 2/2008

Xalapa, Ver.

• Deberá pagar una multa de mil veces el salario mínimo diario general vigente en el Distrito Federal, equivalente a 52 mil 590 pesos

La Sala Xalapa del Tribunal Electoral resolvió imponer a la Comisión Nacional de Garantías (CNG) del Partido de la Revolución Democrática (PRD) una multa de mil veces el salario mínimo diario general vigente en el Distrito Federal, equivalente a 52 mil 590 pesos, misma que le será descontada por el Instituto Federal Electoral (IFE) de la ministración que le corresponda del ejercicio 2008.

Lo anterior al resolverse por unanimidad de votos el juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, promovido por Javier Cahuich González en contra de la omisión de la CNG del PRD de dar trámite a la demanda por la que impugna la resolución emitida por ese mismo órgano el 26 de julio de 2008, relativa a la elección para renovar los órganos de dirección de ese partido en el estado de Quintana Roo.

En el proyecto presentado por la magistrada presidenta Yolli García Alvarez se estimó fundado el agravio de referencia debido a que, pese a los diversos requerimientos de la Sala Superior y esta Sala Regional, el órgano partidista omitió el trámite que menciona el artículo 17 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, consistente en rendir el aviso de interposición, publicar en estrados el contenido de su demanda el mismo día de su presentación y rendir el informe circunstanciado, alegando que sus instalaciones se encuentran tomadas por militantes de ese instituto político.

El 14 de agosto de 2008, la magistrada presidenta de la Sala Superior le requirió a la Comisión Nacional de Garantías del PRD, por conducto del Comité Ejecutivo Nacional para que enviara a esta Sala Regional la documentación respectiva, bajo el apercibimiento de que, en caso de no hacerlo, se le aplicaría un medio de apremio; el siguiente día veintiséis se hizo efectivo el apercibimiento y se amonestó a la CNG y, por conducto del Comité Ejecutivo Nacional (CEN), se le requirió de nueva cuenta, sin que a la fecha cumpliera con el trámite de Ley.

Considerando los antecedentes del presente asunto, y ante la posibilidad que el PRD esté incumpliendo con la obligación de mantener en funcionamiento efectivo a sus órganos estatutarios, se propone dar vista al Instituto Federal Electoral para los efectos legales conducentes.

Por otra parte, la Sala Xalapa resolvió modificar la resolución impugnada por Rafael Quintanar González en contra del fallo del 14 de agosto de 2008, dictado por la CNG del PRD, en relación con la elección de Presidente y Secretario General Estatal en Quintana Roo.

En este asunto, se resolvió modificar los resultados consignados en el acta de cómputo final de la elección interna, revocar las constancias otorgadas por la Comisión Técnica Electoral (CTE) y ordenar a la CNG que, a través de ésta, se expidan las nuevas constancias a favor de Rafael Quintanar González, como Presidente, y a Jaime Hernández Zaragoza, como Secretario General.

Ambos proyectos fueron presentados por la magistrada presidenta Yolli García Alvarez y votados a favor por la magistrada Judith Yolanda Muñoz Tagle y por el magistrado por ministerio de ley, Víctor Manuel Rosas Leal.

En su sesión pública de este miércoles, la Sala Xalapa del Tribunal Electoral resolvió siete juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano.


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