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Revoca TEPJF sentencia y orden de retirar del aire el programa “Diálogos Galileos” 

7 /febrero /2018 / Sala Superior 36/2018

Ciudad de México

La Sala Superior estimó que la aparición en el programa del emblema y denominación de la APN Galileos, así como de la participación de Fernando Belaunzarán no es suficiente para considerar que se está difundiendo propaganda política o electoral 

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó, por unanimidad de votos, la sentencia de la Sala Regional Especializada (SRE), mediante la cual sancionó a Fernando Belaunzarán Méndez y diversas televisoras por la transmisión del programa “Diálogos Galileos” y la presunta adquisición indebida de tiempos en televisión.

En diciembre pasado, la Sala Especializada resolvió, en el procedimiento especial sancionador SRE-PSC-151/2017, que el citado programa supuso la adquisición indebida de tiempos en televisión a favor del Partido de la Revolución Democrática (PRD) y de la Agrupación Política Nacional (APN) “Iniciativa Galileos”, por lo que sancionó al conductor Fernando Belaunzarán, al canal Efekto TV, así como a diversas concesionarias de televisión restringida que retransmitieron el programa. Además, sancionó al PRD y a la agrupación política porque no tomaron medidas para que no se actualizara la infracción, o se evitaran sus efectos.

Belaunzarán y los concesionarias impugnaron la resolución de la SRE ante la Sala Superior, cuyo Pleno consideró fundados sus agravios, ya que no se actualiza la infracción consistente en la adquisición irregular de tiempos en televisión, en virtud de que “Diálogos Galileos” era un programa de debate sobre temas de interés general, en particular la reconstrucción en la Ciudad de México derivada del sismo del 19 de septiembre pasado, con un conductor del programa (Belaunzarán) e invitados (Miguel Ángel Mancera, Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, y Víctor Márquez, urbanista), se difundió una sola vez, el 31 de octubre, y se retransmitió en dos ocasiones.

La Sala Superior señaló que el material denunciado se inscribe en el contexto de un programa de opinión y no propagandístico en materia política ni electoral, por lo que está vinculado indisolublemente con los derechos a la libertad de expresión y de información.

Respecto a los elementos de similitud entre los emblemas y el nombre de la APN Galileos y la corriente de opinión del PRD “Iniciativa Galileos”, así como la identidad del moderador y del vocero de la corriente de opinión, quien también es militante del PRD y miembro de la agrupación, el TEPJF resolvió que tales elementos no son suficientes para sostener que existe una identidad o similitud en grado de confusión entre el PRD y la APN, o se tradujera en un beneficio para el partido político.

En consecuencia, las magistradas y magistrados del TEPJF revocaron la sentencia y dejaron sin efectos las sanciones impuestas, incluyendo la orden de retirar del aire el programa “Diálogos Galileos”.