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La información pública de carácter institucional puede difundirse en portales de Internet y redes sociales durante las campañas y veda electoral: TEPJF

2 /enero /2018 / Sala Superior 1/2018

Ciudad de México

  • La información institucional no debe promocionar candidaturas, partidos o funcionario público alguno

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) estableció que la información pública de carácter institucional puede difundirse en portales de Internet y redes sociales durante las campañas electorales y veda electoral, siempre que no se trate de publicidad o propaganda gubernamental, ni se haga referencia a alguna candidatura o partido político.

En la Tesis XIII/2017, con el rubro “Información pública de carácter institucional. La contenida en portales de Internet y redes sociales puede ser difundida durante campañas y veda electoral”, el TEPJF indicó que la información pública tampoco debe promocionar a algún funcionario público o logro de gobierno, ni contener propaganda en la que se realicen expresiones de naturaleza político electoral.

En atención al principio constitucional de imparcialidad, la información pública de carácter institucional es aquella que versa sobre servicios que presta el gobierno en ejercicio de sus funciones, así como de temas de interés general, a través de los cuales se proporcionan a la ciudadanía herramientas para que tenga conocimiento de los trámites y requisitos que debe realizar, inclusive, de trámites en línea y forma de pago de impuestos y servicios.

La tesis tiene fundamento en los artículos 41, base III, apartado C, segundo párrafo, y 134, párrafos séptimo y octavo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Con este criterio el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación salvaguarda la información pública de carácter institucional.

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