CONFIRMA TEPJF, POR UNANIMIDAD, VALIDEZ DE LA ELECCIÓN DE GOBERNADOR DE VERACRUZ.
17/noviembre /2004 / Sala Superior 76/2004
México, D.F.
La sentencia resolvió en definitiva los voluminosos juicios de revisión constitucional que promovieron tanto el Partido Acción Nacional como la Coalición Unidos por Veracruz, en los que pretendieron se declarara la nulidad de la elección relativa, con base en la supuesta existencia de inequidad en la contienda electoral.
En la resolución elaborada por la Magistrada Alfonsina Berta Navarro Hidalgo, luego de un análisis meticuloso y exhaustivo, la Sala Superior arribó a la conclusión de que las pruebas presentadas y que constan en los expedientes, no resultaron aptas, suficientes y eficaces para acreditar plenamente los hechos en que los actores sustentaron la pretensión de que se anularan los comicios para elegir gobernador en el Estado de Veracruz.
Así, dicho órgano colegiado, ante lo infundado e inoperante de los argumentos expuestos, desestimó entre otros, los señalamientos relativos a la realización de supuestos actos anticipados de campaña; la inequidad en los medios de comunicación debida a lo que se dijo fue una excesiva difusión de obra pública durante la campaña electoral; la vinculación de los slogans de la coalición triunfadora con los relativos a la obra pública realizada por el gobierno estatal, la supuesta utilización de recursos públicos Estatales a favor del candidato de la coalición Fidelidad por Veracruz; la intromisión del Gobierno Estatal y del Gobernador de esa Entidad y otros funcionarios, en apoyo del candidato triunfador y demérito de los demás contendientes; la supuesta desconfianza en el programa de resultados electorales preliminares o el ineficaz funcionamiento del mismo; así como la existencia de actos de parcialidad de las autoridades electorales y jurisdiccionales veracruzanas, ya que no se demostró cabalmente la existencia de esos hechos, entre otras cosas, porque las diversas pruebas técnicas que se ofrecieron no podían tomarse en cuenta porque el actor no las ofreció en los términos que establece la ley.
En la sentencia, se precisa que las diversas declaraciones que vertieron el Gobernador del Estado de Veracruz y los Presidentes del Consejo General del Instituto Electoral Veracruzano y del Tribunal de Superior Justicia de ese Estado, no influyeron lo suficiente como para estimar hubieran trascendido en el resultado de la elección, ni demuestran la existencia de una elección de Estado.
También la Sala Superior determinó desestimar las causas de nulidad de la votación recibida en las casillas, que se invocaron, en virtud de que, de cualquier manera, de pronunciarse al respecto, no habría cambio de ganador, puesto que la Coalición Fidelidad por Veracruz seguiría ocupando el primer lugar.
Luego de que los magistrados externaron el sentido de su votos, arribaron a la conclusión unánime de confirmar la resolución del Tribunal Electoral Estatal otorgando la constancia de mayoría a favor del candidato Fidel Herrera Beltrán, postulado por la Coalición Fidelidad por Veracruz.
El candidato triunfador en los comicios verificados el cinco de septiembre pasado, deberá tomar posesión de su cargo el primero de diciembre entrante.