BOLETÍN DE PRENSA
7 /noviembre /2017 / Sala Superior 228/2017
Ciudad de México
En relación con versiones difundidas en días pasados, en algunos medios de comunicación y redes sociales, sobre presuntos vínculos de integrantes de la Sala Superior de este Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), con actores políticos relacionados con el proceso electoral para la gubernatura de Coahuila, se precisa lo siguiente:
1) El turno de los asuntos que se presentan ante el TEPJF se determina mediante un sistema de asignación a las diversas ponencias, el cual sigue un orden alfabético, cronológico y sucesivo, ajeno a cualquier consideración discrecional. Todos los turnos son siempre del conocimiento público.
2) El turno de los medios de impugnación contra la declaración de validez de la elección para gobernador de Coahuila y la entrega de la constancia de mayoría correspondiente, se llevó a cabo tomando en consideración la ausencia temporal de uno de los magistrados y con fundamento en el artículo 70, fracciones III y VI del Reglamento Interno del TEPJF.
3) El día de ayer, 6 de noviembre, las magistradas y magistrados del TEPJF acordaron, para la sustanciación y resolución de esos asuntos, integrar una comisión con personal de las siete ponencias de esta Sala Superior, para la elaboración del proyecto de sentencia de los juicios SUP-JRC-389/2017 y SUP-JDC-1014/2017, relativos a la elección de gobernador de Coahuila, el cual será sometido al estudio y análisis del conjunto de integrantes de este órgano jurisdiccional.
4) La autonomía e independencia de las magistradas y magistrados que integran la Sala Superior del TEPJF, como máximo órgano jurisdiccional en materia electoral, está sustentada en sus respectivas experiencias y capacidades técnicas y profesionales, las cuales fueron plenamente acreditadas en el proceso público de selección y designación, tanto por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, como por el Senado de la República. El deber de actuar de forma imparcial y apegada a la ley es parte esencial de su mandato constitucional y de su compromiso frente a la ciudadanía.
5) En toda democracia, la transparencia es un referente fundamental en la actuación de los jueces. Los expedientes de la carrera profesional de las magistradas y magistrados del TEPJF constituyen información pública, para el conocimiento y valoración de la ciudadanía, y fueron parte del proceso público de selección de los siete magistrados que, desde noviembre del año pasado, integran la Sala Superior de este Tribunal.
6) La resolución referente a la fiscalización de los gastos de campaña de candidatos a la gubernatura de Coahuila no fue consecuencia de una decisión individual. La Sala Superior revocó, por mayoría de seis votos, parte del dictamen respectivo, elaborado por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), en una sesión pública, el pasado 5 de octubre. La decisión es del Pleno, no de uno de sus miembros.
7) El TEPJF refrenda su compromiso de actuar con absoluta independencia, imparcialidad y transparencia en el ejercicio de su función, a fin de garantizar la plena vigencia de la legalidad y el Estado de Derecho, indispensables para el fortalecimiento de nuestra democracia.