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La violencia política hacia las mujeres en México, es una realidad: Magistrada Mónica Aralí Soto Fregoso

26/octubre /2017 / Sala Superior 221/2017

Ciudad de México

  • La cultura de igualdad sustantiva aún tiene mucho terreno por ganar en el ámbito político mexicano en general y en los sectores masculinos en particular
  • Participa Magistrada del TEPJF en presentación del libro “Violencia Política contra la Mujer. Una realidad en México”

La Magistrada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), Mónica Aralí Soto Fregoso, comentó el libro “Violencia Política contra la Mujer. Una realidad en México”, del autor Rafael Elizondo Gasperín, destacando que una de las conclusiones es que las mujeres son un grupo social que históricamente “ha padecido no sólo en su autonomía de pensamiento y decisión política, sino también en libertades esenciales como la familiar, económica, social, laboral y hasta sexual y reproductiva” a la que se agrega la violencia cotidiana.

La obra -en cuya presentación participaron el autor, así como la Directora Ejecutiva de Orientación Ciudadana y Derechos Humanos del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, María Elena Lugo del Castillo-, es un ejercicio analítico de la violencia física contra las mujeres, “que se inscribe en la preocupación de todos los mexicanos y mexicanas por la violencia en nuestra sociedad,”, precisó la magistrada e indicó que el análisis se genera en un ambiente de ascenso de los feminicidios y la violencia política que “busca obturar los derechos político electorales de las mujeres y detener su empoderamiento”.

La Magistrada del TEPJF consideró que el texto de Elizondo Gasperín es un libro de lectura obligada, por la amplitud de su investigación histórica de cómo se ha ido desarrollando la lucha de las mujeres por lograr su visibilidad y poder ejercer sus derechos políticos al igual que el resto de la ciudadanía.

En ese sentido, refirió las legislaciones vanguardistas en Yucatán, San Luis Potosí y Chiapas en el periodo inmediato a la promulgación de la Constitución de 1917, y después reformas llevadas a cabo por los gobiernos de Lázaro Cárdenas y Miguel Alemán; sobre todo este último que promulgó la reforma al artículo 115 constitucional estableciendo el derecho de las mujeres a votar y ser votadas en el ámbito municipal.

Al referirse a la reconstrucción que hace el autor, acerca de la trayectoria legal del derecho al voto (femenino), sus avances y retrocesos, la magistrada Mónica Aralí Soto agregó que se muestra la importancia capital de la legislación progresiva, lo difícil que ha sido el cambio cultural y la pertinencia actual de continuar la lucha por la igualdad de derechos, ahora, bajo las formas de Paridad de género, Paridad efectiva y Paridad sin violencia

“Obliga a pensar que 70 años después, el mayor reto de la paridad la encontramos en el ámbito municipal, donde es más grande el rezago, pues nos falta el 36 por ciento para alcanzar el 50/50”, precisó.

Coincidió con el autor en el sentido de, en lugar de reconocer el derecho de las mujeres al voto, aún se parafrasea que fue una “concesión” durante la administración de Adolfo Ruiz Cortines, y que, a partir del ejercicio de ese derecho, la lucha de las mujeres tomó dos rutas: una, abrirse espacios en los partidos políticos y, otra, construir las organizaciones civiles y políticas que les dieran visibilidad.

La Magistrada Soto Fregoso, refirió que tal como señala el libro, las acciones afirmativas como instrumento no han concluido y es necesario reforzarlas con otras de nueva generación ante las actuales necesidades para el ejercicio pleno de sus derechos, como, por ejemplo, las cuotas para jóvenes, indígenas y migrantes.

Ante el pleno de Magistradas y Magistrados del Tribunal Electoral de la Ciudad de México, cuyos integrantes les dieron la bienvenida, la Magistrada Soto Fregoso comentó los capítulos del libro en los que se abordan las diferentes reformas constitucionales que permitieron establecer la cuota mínima de género del 30 por ciento y cómo el desarrollo de la democracia mexicana permitió que los derechos de las mujeres sean un tema permanente cada vez con mayor peso e importancia, la apertura a lo establecido por los tratados internacionales –que permitió romper de manera irreversible la tradición de aislamiento y autosuficiencia nacionalista que ocultaba-- y la construcción de instituciones para la democracia electoral.

Soto Fregoso mencionó cómo la cuota de género en el 2002 significó un gran avance, pero insuficiente; superado por la reforma electoral del 2008 que incluyó el concepto de paridad de género, aunque aún de manera incipiente.

“El caso de las juanitas” ilustra la inercia persistente del ámbito político, tendiente a resistir el cambio igualitario en materia de derechos político electorales. “Es hasta la reforma constitucional de 2014 que detona la buena etapa legal en la que estamos ubicadas hoy, y que tendrá su prueba definitiva en la elección del 2017-2018”.

Valoró la reforma constitucional del 2014 al tratarse de “un parteaguas con valor histórico, pues supera la etapa de las cuotas y obliga a la igualdad en postulaciones de mayoría relativa y de representación proporcional a cargos en las legislaturas del ámbito federal y local, sin incluir los cargos públicos del nivel municipal”.

Entre los retos para el 2017-2018, la Magistrada Soto Fregoso mencionó la inusitada cantidad de cargos en competencia en toda la geografía nacional, así como la primera ocasión en que de manera simultánea y masiva las mujeres ejercerán su derecho a la paridad y la reelección de legisladores y autoridades municipales. Sobre el ámbito municipal, advirtió que las herencias de desigualdad que se arrastran podrían ser un obstáculo para la paridad de género.

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