En vías de cumplimiento transferencia de recursos al Tribunal Electoral del Estado de Morelos
26/octubre /2017 / Sala Superior 220/2017
Ciudad de México
- La Sala Superior determinó escindir las respuestas del gobernador y el secretario de Hacienda del Estado de Morelos para formar un nuevo juicio
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) declaró en vías de cumplimiento la ejecutoria emitida el 26 de julio de este año en el expediente SUP-JE-43/2017, en la que se vinculó al gobernador, al secretario de Hacienda y al Congreso de Morelos a realizar diversos actos relacionados con las solicitudes de ampliación presupuestal solicitada por el Tribunal Electoral de esa entidad por 10 millones 604 mil 879 pesos para el ejercicio de este año.
El pasado 10 de agosto la Subsecretaría de Presupuesto de la Secretaría de Hacienda local informó al tribunal estatal que el Poder Ejecutivo Estatal se encontraba en condiciones de gestionar, ante el legislativo, una ampliación por un millón 638 mil 909 pesos, para la adquisición de bienes muebles contemplados en el concepto “Materiales y suministros”.
El 8 de septiembre la Presidenta de la Mesa Directiva del Congreso del Estado de Morelos informó que recibió el oficio mediante el cual el Secretario de Gobierno estatal solicitó la ampliación presupuestal, mismo que fue turnado a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuenta Pública, para su dictamen.
El 19 de septiembre, el Pleno del Congreso de Morelos conoció el Dictamen de la referida Comisión, en el cual resolvió no autorizar recursos adicionales para el tribunal electoral del Estado a los ya aprobados por el Ejecutivo estatal.
El tribunal electoral local se quejó de a) la falta de personería del subsecretario de Hacienda, quien firmó el oficio de respuesta a su solicitud de ampliación presupuestal, b) la omisión de las autoridades del Poder Ejecutivo, al no elevar su petición al Congreso estatal, y c) que no existen las inconsistencias alegadas por las autoridades responsables en las cantidades y conceptos descritos en la solicitud de ampliación. Los argumentos señalados en los incisos a) y b) fueron considerados como infundados y el señalado en el inciso c) fue fundado.
Otra queja, relativa a la omisión de señalar los mecanismos para liberar el monto de presupuesto otorgado por el Poder Ejecutivo local, fue considerada fundada por los integrantes de la Sala Superior del TEPJF, quienes, al resolver el incidente de inejecución de sentencia, señalaron que las autoridades responsables no habían acreditado la transferencia de la cantidad autorizada por el gobernador del Estado a la cuenta del tribunal local.
En sesión privada, el Pleno declaró la sentencia en vías de cumplimiento y dio al gobernador y a la Secretaría de Hacienda de Morelos un plazo de 72 horas para ordenar y verificar la transferencia bancaria de un millón 638 mil 909 pesos al tribunal local, que fueron autorizados como ampliación presupuestal para el ejercicio 2017.
En tanto, el Congreso de Morelos deberá notificar, en un plazo de 72 horas, al tribunal local de la aprobación del dictamen emitido por la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuenta Pública, el cual que resuelve su solicitud de ampliación presupuestal y darle a conocer su contenido íntegro.
Finalmente, la Sala Superior ordenó escindir del expediente lo relativo a las respuestas emitidas por el gobernador y el secretario de Hacienda a la petición de ampliación presupuestal del tribunal electoral local en la parte de la ampliación presupuestal que no autorizaron.
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