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SALA GUADALAJARA REALIZÓ SEGUNDA SESIÓN PÚBLICA.

8 /septiembre/2008 / Sala Regional Guadalajara 4/2008

GUADALAJARA, JALISCO

• Magistrados Revocan resultados de las elecciones a Regidores de Santa María del Oro y Tepic, Nayarit.
• Desecha dos Juicios de Revisión Constitucional al considerar que no tienen consecuencias en el desarrollo del proceso.

El día de hoy se llevó a cabo la segunda sesión pública, mediante una ceremonia formal, en la que fueron resueltos por los Magistrados José de Jesús Covarrubias Dueñas, como Presidente de esta Sala, Noé Corzo Corral y Jacinto Silva Rodríguez, quienes conforman esta Sala Guadalajara, los expedientes SG-JRC-12/2008 y SG-JRC-14/2008, los que tuvieron por desechados por considerar la falta del cumplimiento a lo establecido en el numeral 86 ( párrafo 1,

Acto seguido, tuvieron como revocados los juicios, SG-JDC-4/2008 y SG-JDC-8/2008, dado que el primero de éstos promovido por Miguel Ángel Islas Altamirano, en contra de la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Nayarit, en la que se declara inoperante el primero de los agravios, al considerar que no se trata de un hecho posterior a su demanda y el segundo de los agravios fue estimado fundado, decretándose revocar la resolución del Juicio de Inconformidad para efecto de que se modifique el Acta de asignación de Regidores, ordenando al Consejo Municipal de Santa María del Oro Nayarit, realice la entrega de Constancia a Miguel Ángel Islas Altamirano.

En el juicio SG-JDC-8/2008, en acumulación con el expediente SG-JRC-16/2008, promovido por la Coalición Juntos por el Bien de Todos y la C. Gricela Villa Santacruz, se ordena revocar la resolución emitida por el Tribunal Electoral del Estado de Nayarit y dejar firme el acuerdo del Consejo Municipal, otorgando la Constancia de Asignación y validez como Regidora a la ciudadana en mención.

Posteriormente con relación al juicio SG-JDC-3/2008, interpuesto por el C. Luis Alberto Cisneros Santos, en contra de la resolución emitida por el Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Nayarit, se confirma la misma por considerarse inoperantes e infundados los agravios del actor, toda vez que la autoridad responsable no fundó su resolución en lo establecido dentro del numeral 214 de la Ley Electoral del Estado de Nayarit, respetándose los Derechos Político Electorales del Ciudadano antes mencionado.

Asimismo, se resolvió el juicio SG-JDC-4/2008, promovido por Miguel Ángel Islas Altamirano, en contra de la resolución emitida por el Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Nayarit, resolviendo como inoperante el primero de los agravios y como fundado el segundo de estos, por lo que se propuso revocar la resolución recurrida, dado que no se trataba de un hecho conocido con posterioridad a la interposición del juicio como lo argumento el actor, esto en conclusión de que resultó ser el acto impugnado el mismo que señalaba desconocer.

Acto seguido, se resolvieron en acumulación los expedientes SG-JDC-5/2008, SG-JDC-6/2008 y SG-JDC-7/2008, que interpusieron los ciudadanos Francisca Martínez Márquez, Sergio Aguirre Jáuregui y Rigoberto Romero Aceves, la primera como militante del PAN y los restantes como candidatos a Presidente del Comité Directivo Estatal en Baja California Sur en contra de la Asamblea del Consejo Estatal quien el dos de agosto eligió a los integrantes del citado Comité Estatal. Los actores pretendían que se declarara nula la asamblea extraordinaria del Consejo en la que se nombró a los integrantes del Comité Directivo Estatal del PAN, no obstante la Sala decretó su acumulación y confirmó el acto impugnado.

En el SG-JDC-10/2008 presentado por Esteban Romero Soria contra la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Nayarit, turnado a la Ponencia del Magistrado Corzo Corral, se confirmó la expedición de la Constancia de Asignación y Validez como Regidor de Santiago Ixcuintla, Nayarit.

En lo que se refiere al SG-JRC-15/2008 promovido por la coalición “Por el Nayarit que Todos Queremos “ por conducto de J. Trinidad Espinoza Martínez contra la resolución del Tribunal Electoral Estatal en la que se otorgó la Constancia de Mayoría y Validez a Luis Enrique Medina Cuevas para el puesto de Síndico en Compostela, Nayarit y en su lugar se le diera a Juan Manuel Rubio Torres por considerar que Luis Enrique Medina Cuevas era inelegible ya que no comprobó la residencia efectiva de 5 años en esa localidad.

En ese orden de ideas, la ponencia propuso revocar la sentencia controvertida y ordena al Consejo Municipal Electoral de Compostela, haga entrega de la relativa constancia para ocupar el cargo a Luis Enrique Medina Cuevas.

Prosiguiendo con la sesión tocó el turno al juicio SG-JRC-18/2008 promovido por la coalición “Juntos por el Bien de Todos“ a través del cual Juan Carlos Simón Hernández impugno la sentencia del Tribunal Electoral Estatal. La coalición estimó que la autoridad responsable no valoró los medios de prueba aportados en el juicio de inconformidad local con lo que se actualizaban diversas causales de nulidad de casilla y la inelegibilidad del candidato del PAN. El Pleno de la Sala propuso confirmar la declaración de validez de la elección y la expedición de la constancia de mayoría y validez a la fórmula integrada por los candidatos del Blanquiazul.

Subsecuentemente se dio lugar a los juicios SG-JRC-11/2008 y SG-JRC-17/2008, promovidos por el Partido Acción Nacional, ambas en contra de la resolución emitida por el Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Nayarit, resolviéndose confirmar el primero de ellos por mayoría de votos y el segundo por unanimidad de igual manera se confirmó.

Para finalizar la sesión del día de hoy se resolvió el juicio SG-JRC-13/2008, promovido por el Partido Acción Nacional, en contra de la resolución emitida por el Tribunal Electoral del Estado de Nayarit, a través de la cual se declaró la validez del Presidente y Sindico Municipal en Tuxpan, Nayarit.

Sustanciado y analizado por la ponencia del Magistrado Covarrubias se confirmó la resolución emitida por la autoridad demandada.