Confirma Sala Xalapa nueve sentencias de la Sala Electoral del Tribunal Superior de Justicia de Campeche
21/septiembre/2009 / Sala Regional Xalapa 30/2009
Xalapa, Ver.
El Partido Acción Nacional (PAN) argumentó que la candidata de dicha coalición, Aracely Escalante Jasso, tuvo ventaja durante el proceso electoral debido a que es concesionaria de la estación de radio denominada “Los 40 Principales”, y que durante su noticiero, transmitido en las frecuencias de AM y FM, se privilegiaron indebidamente sus actividades; además de existir difamación y calumnia en contra del candidato panista.
Asimismo, el PAN se quejó de que la Sala Electoral del Tribunal Superior de Justicia de esa entidad no valoró adecuadamente las pruebas presentadas; sin embargo, el pleno de la Sala Xalapa determinó que la autoridad electoral local, sí valoró las pruebas, dándoles el carácter de indicios, lo cual no es suficiente para anular la elección como lo pretendía el partido actor, por lo que confirmó la validez de la elección.
Misma resolución tuvieron otros cinco juicios de revisión constitucional, cuatro de ellos presentados por el PAN y otro por la coalición “Unidos por Campeche” (PRI-PANAL), correspondientes a la elección de diputados locales en los distritos con cabecera en Calkiní, Lerma, Carmen y Palizada; así como otros dos promovidos también por el PAN y otro por Convergencia, pero estos correspondientes a elecciones municipales en Escárcega, Calkiní y Palizada.
En la sesión pública de este día, la Sala Xalapa resolvió un juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano y nueve juicios de revisión constitucional electoral. Cabe señalar que todos los juicios se aprobaron por unanimidad.
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