SE PRESENTA EL LIBRO
27/octubre /2004 / Sala Superior 65/2004
México, D.F.
Al presentar su obra "Los derechos de la militancia partidista y la jurisdicción", el magistrado integrante de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, recordó cómo la autoridad jurisdiccional en materia electoral fue receptiva al planteamiento de ciudadanos cercanos o afiliados a los partidos políticos en lo relativo a la resolución de sus conflictos internos.
El magistrado Castillo González sostuvo que se ha buscado que los institutos políticos puedan garantizar un sistema democrático in crescendo. "No hay democracia sin estado de Derecho, y no hay estado de Derecho si los conflictos que se susciten en todos los órdenes de un Estado no son susceptibles de someterse a la decisión, imparcial e independiente, de un tribunal", aseguró el magistrado, quien reconoció que el TEPJF ha señalado al ciudadano la vía adecuada para defender sus derechos político electorales, para hacer realidad el mandato del artículo 17 constitucional, que establece que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes.
Respetuoso de los ámbitos de competencia que cada Poder de la Unión tiene, el magistrado Castillo González expresó su deseo de que las fuerzas políticas, manifestadas en el Poder Legislativo, no se vayan a "ver tentadas" a algún acto unilateral de hacer una reforma legal que vede el camino de la justicia a los militantes de los partidos políticos, porque, dijo, esta situación sólo afectaría a los propios justiciables.
Al comentar la obra, el también magistrado del TEPJF, Mauro Miguel Reyes Zapata, estableció que la premisa rectora del texto era que "la intervención de los ciudadanos como afiliados, militantes, adherentes u otras denominaciones, en la formación, organización, funcionamiento y permanencia de los partidos políticos, además de propender a la defensa de intereses comunes y buscar el acceso al poder...tiene la singular finalidad de optimizar y potenciar al máximo el aprovechamiento de sus derechos fundamentales...para lograr la máxima participación en los asuntos políticos del país".
En este sentido, resaltó que en el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, a través del juicio para la protección de los derechos político electorales, se han resuelto conflictos que apoyan la democracia interna de los partidos políticos. Es paradójico, afirmó, que la tutela de los derechos político electorales se haya dado hasta la reforma de 1996, año en que se estableció un medio de defensa jurisdiccional.
Este libro, indicó, recoge la problemática planteada por ciudadanos militantes de partidos políticos, en sus relaciones, sobre todo, con las dirigencias, dijo el magistrado Reyes Zapata.
Con lo anterior coincidió la doctora en derecho por la UNAM, Leticia Bonifaz Alfonso, para quien el texto muestra que la democracia interna de los partidos políticos no puede darse si los actos de su órganos y dirigentes no se someten al principio de legalidad, mediante el respeto irrestricto a las bases constitucionales que los rigen, a las disposiciones legales y a los cánones estatutarios del propio partido, y tampoco si no se otorga la garantía jurisdiccional de respeto a la normatividad, especialmente, a los derechos fundamentales de sus miembros, como ciudadanos en general y como militantes de la organización política.