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Reporte de Sesión Pública

26/mayo /2006 / Sala Superior 46/2006

México, D.F.

  • Confirma el TEPJF Sanciones al PT por 39 millones 36 mil pesos
  • Resuelven Magistrados 21 Juicios Relacionados con Procesos de Selección y/o Registro de Candidatos

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió un recurso de apelación promovido por el Partido del Trabajo en contra de diversas sanciones impuestas por el Consejo General del Instituto Federal Electoral (CG-IFE) y 21 juicios para la protección de los derechos político electorales en los que ciudadanos se inconformaron por los procesos de selección y/o registro a cargos de elección popular a nivel federal.

Los magistrados confirmaron diversas sanciones impuestas por el CG-IFE al Partido del Trabajo por irregularidades encontradas en la revisión de los informes anuales de ingresos y gastos del ejercicio 2004. En conjunto, el partido fue sancionado con $39´036,790.47.

En la sentencia elaborada por el magistrado José Alejandro Luna Ramos, se concluyó que la autoridad administrativa no se extralimitó en sus funciones y atendió la normatividad electoral al aplicar las sanciones, contrario a lo que estableció el partido en su demanda.

En su impugnación, el Partido del Trabajo pidió al Tribunal Electoral postergar su decisión a fin de permitirle participar activamente en igualdad de circunstancias en los comicios que se celebran a nivel federal. A esto, la Sala Superior respondió que no advierte que la resolución incida de manera alguna sobre la participación activa del instituto político en el proceso electoral, sobre todo si se toma en cuenta que, además del financiamiento público para el sostenimiento de sus actividades ordinarias permanentes, recibe un monto para el gasto de campañas.

En relación con los diversos juicios presentados para cuestionar el registro o selección de candidatos al congreso federal, la Sala Superior dejó sin efecto el registro de Elías Martínez Delgadillo como candidato propietario a diputado federal por el Partido Acción Nacional en el lugar cuatro de la lista correspondiente a la V Circunscripción Plurinominal. Lo anterior en virtud de que no se constató hubiera solicitado licencia en el cargo que desempañaba en el cabildo de Tecoman, Colima.

Respecto de 13 juicios presentados contra los registros otorgados por el CG-IFE a candidatos a diputados federales de la coalición Por el Bien de Todos, en un solo caso se concedió la razón a los inconformes. La gran mayoría de los juicios reclamaron registro basados en la aplicación de acciones afirmativas de género, migrantes o jóvenes. Sin embargo, no presperaron las alegaciones correspondientes.

En un juicio, los magistrados ordenaron al CG-IFE el registro de Carmen Trejo Vázquez como candidata a diputada federal por la IV Circunscripción Plurinominal, en el número 21 de la lista de candidatos de la coalición. En este sentido, se otorgó a la representación del PRD un plazo de 24 horas para la entrega de documentación de la actora a la autoridad.

Por tanto, se confirmaron algunas de las asignaciones de candidatos a diputados federales de representación proporcional en las circunscripciones plurinominales I, III y IV, así como la de diputado de mayoría relativa en el distrito XIV en el Distrito Federal que fueron cuestionadas.

Respecto de ocho juicios para la protección de los derechos político electorales del ciudadano presentados en contra de diversas instancias de la coalición “Alianza por México”, la Sala Superior confirmó en cuatro casos las resoluciones y en los restantes fueron desechadas las alegaciones de los inconformes.

En el juicio presentado por Martha Lilian Calvo Gómez, en contra de la Comisión de Justicia de la coalición “Alianza por México”, la Sala Superior confirmó la designación de Carlos Armando Biebrich Torres y José Rosas Aispuro como candidatos a diputados federales por el principio de representación proporcional en los lugares octavo y décimo primero en la lista correspondiente a la I Circunscripción, ya que la inconforme no acreditó tener un mejor derecho respecto que los demás aspirantes para ocupar el octavo lugar en la lista.

Asimismo se confirmó la propuesta de candidatos a diputados federales de mayoría relativa en el Distrito IX de Nuevo León y la resolución del Consejo Político Nacional del PRI que en sesión extraordinaria eligió al candidato. Los magistrados consideraron infundados los agravios de Sócrates Rizzo García, toda vez que no aportó elemento probatorio alguno de sus afirmaciones. En cuanto a los agravios en los que afirmó que solamente se debió tomar en consideración el resultado de las encuestas y no vincular sus resultados con el perfil de los aspirantes; la sentencia elaborada por el magistrado Alejandro Luna Ramos, los declaró inoperantes porque ambos aspectos constituirían parte de los elementos a ponderar por el Consejo Político Nacional del PRI al momento de que tomara su decisión.

Los magistrados de la Sala Superior, confirmaron el acuerdo del Órgano de Gobierno de la Alianza por México por el que se elaboraron las propuestas de candidatos a diputados federales de representación proporcional por la V Circunscripción Plurinominal. De igual forma, el Tribunal confirmó las fórmulas de candidatos al Senado de la República en el estado de Durango.

Por último, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, desechó 4 JDC por diversas criterios, en los estados de Durango, Nuevo León, Estado de México, y Coahuila, misma suerte que corrieron juicios de José Luis Pliego Vargas, quien pretendía su registro como candidato independiente a diputado federal de mayoría relativa por el distrito electoral IX de Guanajuato; y el presentado por el Partido Socialdemócrata contra la resolución del CG-IFE que autorizó el registro de Alternativa Socialdemócrata y Campesina como partido político nacional.