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 LAS MULTAS POR INFRACCIONES A LAS DISPOSICIONES ELECTORALES DEBEN FIJARSE DE ACUERDO AL VALOR DE LA UNIDAD DE MEDIDA Y ACTUALIZACIÓN: TEPJF

25/septiembre/2016 / Sala Superior 352/2016

Ciudad de México

 • La Sala Superior indicó que todas las autoridades nacionales y estatales tienen la obligación de adecuar sus disposiciones jurídicas para ese efecto
• La tesis LXXVII/2016 señaló que corresponde al Consejo General del INE la fiscalización de las finanzas de los partidos políticos respecto de los procesos electorales federales y locales

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que el cálculo y determinación del monto de las multas que se impongan por infracciones a las disposiciones en materia electoral deben de realizarse de acuerdo al valor de la Unidad de Medida y Actualización vigente al momento de imponerlas.

En la tesis LXXVII/2016, con el rubro “Multas. Se deben fijar con base en la Unidad de Medida y Actualización vigente al momento de imponerla”, el TEPJF señaló que la nueva Unidad de Medida y Actualización sustituiría la medición en base al salario mínimo, así como la obligación de todas las autoridades nacionales y estatales de adecuar sus disposiciones jurídicas para ese efecto.

En este sentido, la Sala Superior del TEPJF precisó que todas las menciones al salario mínimo como unidad de cuenta se entenderán referidas a la Unidad de Medida y Actualización.

La tesis indicó que corresponde al Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) la fiscalización de las finanzas de los partidos políticos respecto de los procesos electorales federales y locales y, por ende, la adecuación correspondiente.

Este criterio jurídico se fundamenta en los artículos 26 y 41, Base V, Apartado B, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; segundo, tercero y quinto transitorio del Decreto por el cual se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de desindexación del salario mínimo.

Con esta tesis, aprobada por unanimidad del Pleno el 1 de septiembre de 2016, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación da certeza a la fiscalización y a los montos de las sanciones que se impongan en materia electoral.

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