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REPORTE DE SESIÓN PÚBLICA

12/abril /2006 / Sala Superior 26/2006

México, D.F.

En sesión pública, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió cinco juicios de revisión constitucional (JRC) presentados en los estados de Nuevo León, Sonora y San Luis Potosí, así como diversos juicios para la protección de los derechos político electorales del ciudadano (JDC) presentados para cuestionar determinaciones de los partidos políticos en relación con los procesos de selección de candidatos a diversos cargos de elección popular.

Por lo que se refiere al estado de Nuevo León, los partidos Revolucionario Institucional, Verde Ecologista de México y del Trabajo se inconformaron ante el TEPJF por el acuerdo relativo a la asignación de los espacios de uso común para propaganda electoral. Debido a que resultaron inoperantes y a que sólo se expusieron manifestaciones genéricas, por unanimidad, los magistrados determinaron confirmar la resolución de las autoridades neoleonesas emitida el 27 de febrero pasado.

Respecto del JRC promovido en el estado de Sonora por el Partido de la Revolución Democrática, la Sala Superior reconoció que le asistía la razón al partido del sol azteca por el acuerdo número 18, emitido por el Consejo Estatal Electoral y que se encuentra relacionado con la designación de consejeros electorales de diversos municipios. Así las cosas, se revocó la resolución impugnada y se modificó el acuerdo combatido, se ordenó al Consejo Estatal Electoral tomar las medidas necesarias para que dentro de los tres días siguientes a la notificación de la resolución, de cuenta a las modificaciones que a la misma se precisan respecto de los consejos electorales en los municipios de Arivechi, Atil, Bacanora, Bacerac, y Tubutama. Sin embargo, se dejaron intocadas, y por tanto subsistentes, las actuaciones y resoluciones emitidas por los Consejos Electorales de los ayuntamientos citados desde la fecha de instalación y hasta la fecha de cumplimiento de la ejecutoria.

Asimismo, los partidos de la Revolución Democrática, del Trabajo y Convergencia controvirtieron el acuerdo de 31 de marzo, por el que se determinó declarar improcedente el registro del convenio de coalición electoral, solicitado para participar en el procedimiento electoral que se realiza en el Estado de San Luis Potosí. En este caso, debido a que se han promovido los medios de defensa que permite la legislación electoral de esta entidad, la Sala Superior desechó el juicio que se sometió a su consideración.

En otro orden de ideas, los magistrados electorales confirmaron la parte combatida de la Convocatoria para el proceso de selección de candidatos a diputados locales por el Distrito VII en Nuevo León, así como la determinación del Consejo Político Estatal del PRI en la entidad, de designar a María de Jesús Huerta Rea, como candidata a diputada local por este distrito y se confirmó un acuerdo impugnado por Gerardo Gamez.

Respecto de once JDC presentados para impugnar la omisión de la Comisión del Orden del Consejo Nacional del PAN a resolver las inconformidades interpuestas en Veracruz, los magistrados de la Sala Superior, ordenaron a la Comisión que en un plazo de 3 días hábiles, emita las resoluciones de los recursos de reclamación que controvirtieron la resolución de nueve de enero pasado.

En el estado de Sonora, cuatro ciudadanos cuestionaron el convenio de coalición celebrado entre los partidos del Trabajo y de la Revolución Democrática. En estos casos, se negó la razón a los ciudadanos que se inconformaron en los ayuntamientos de Agua Prieta, Cananea, Nogales y Naco.

Por último, por diversas causas se desecharon las impugnaciones presentadas por Banzack Isaac Malpica Gordiano, Francisco Gregorio Fuentes, Luis Ángel Benavides, María Esthela Cortés, Gerardo Macario Rodríguez, Ismael García, Simón Lomelí, Luz María Flores, Edmundo Dávila, Porfirio Sandoval y Juan Bautista Lagarda, así como otros cinco presentados en el estado de Aguascalientes.