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TEPJF confirmó sentencia del Tribunal Electoral de Guanajuato que declaró inexistente violencia política contra las mujeres en razón de género a la exprecandidata a la gubernatura

21/Agosto /2024 / Sala Superior 404/2024

Ciudad de México

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), confirmó la sentencia del Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato (TEEG) que derivado del análisis de las expresiones denunciadas estimó que no se configuraba los elementos de la conducta de violencia política contra las mujeres en razón de género. 

La actora controvirtió la sentencia del TEEG al considerar que no se implementó el protocolo para juzgar con perspectiva de género y, por ello, se realizó un indebido análisis de las expresiones denunciadas porque sí hubo un impacto diferenciado, toda vez que el denunciado era el gobernador del estado. 

A propuesta de la magistrada Janine M. Otálora Malassis, la Sala Superior en sesión pública, por unanimidad de votos, confirmó la sentencia controvertida, porque efectivamente del análisis de las expresiones denunciadas no se configuran todos los elementos de la violencia política contra las mujeres en razón de género. Asimismo, se explicó que, en el caso, se realizó un análisis pormenorizado del contexto del caso.  (SUP-JDC-913/2024).

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