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Revoca Tribunal Electoral acuerdos del Consejo local del IFE en Puebla a fin de que esa instancia analice quejas del PAN

21/agosto /2009 / Sala Regional Ciudad de México 33/2009

México D.F.

La Sala Regional Distrito Federal del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación revocó este viernes, en sesión pública, tres acuerdos del Consejo local del Instituto Federal Electoral (IFE) en el estado de Puebla, que habían rechazado igual número de quejas del Partido Acción Nacional (PAN), ordenando así que esa instancia del IFE analice el fondo de las demandas.

Los magistrados Eduardo Arana Miraval, Ángel Zarazúa Martínez y Roberto Martínez Espinosa revocaron los acuerdos del Consejo local del IFE en Puebla, debido a que esa institución desechó las quejas del PAN bajo el argumento de que se había agotado el tiempo para resolverlas, aunque en realidad esa institución recibió los medios de impugnación ocho días antes de las elecciones del pasado 5 de julio.

Por otro lado, el pleno de esta Sala Regional confirmó dos resoluciones emitidas por los Consejos locales del IFE en el Distrito Federal y el estado de Puebla, que fueron impugnados por una militante del Partido Nueva Alianza (PANAL) y por el PAN, respectivamente.

Por unanimidad, los colegiados de esta Sala confirmaron lo resuelto por los citados Consejos locales del IFE, ya que éstos argumentaron adecuadamente dos sanciones impuestas al PAN, y a Leonora Esquivel Frías, ex candidata del PANAL a diputada a la Asamblea Legislativa de la Ciudad de México.

A su vez, por mayoría de votos, se desechó una demanda del PAN en la que ese instituto político pedía que el Partido Revolucionario Institucional (PRI) fuera sancionado por realizar actos anticipados de campaña en el estado de Morelos.

En este caso, este órgano jurisdiccional decidió no estudiar el fondo de la demanda, toda vez que la presunta conducta del PRI no era determinante para el resultado final de los comicios en esa entidad.

De esta forma, la Sala Regional Distrito Federal resolvió dos juicios de revisión constitucional electoral y cinco recursos de apelación.

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