El TEPJF confirmó la no aprobación del proyecto de protocolo para establecer acciones de coordinación con las autoridades federales y las empresas de redes sociales para identificar, prevenir y exponer campañas calumniosas que difundan noticias o información falsa en el proceso electoral federal 2023–2024
10/Abril /2024 / Sala Superior 194/2024
Ciudad de México
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó, por unanimidad de votos, el acuerdo INE/CG274/2024 del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), por el que se determinó la no aprobación del proyecto de protocolo para establecer acciones de coordinación con las autoridades federales y las empresas de redes sociales para identificar, prevenir y exponer campañas calumniosas automatizadas, que difundan noticias o información falsa en el proceso electoral federal 2023–2024.
Inconforme con lo anterior, Morena impugnó el acuerdo al considerar que, en su concepto, el INE tiene la obligación de vigilar que la ciudadanía participe en elecciones libres de desinformación o noticias falsas.
En sesión pública presencial, la Sala Superior, a propuesta de la magistrada presidenta Mónica Aralí Soto Fregoso, determinó que actualmente existe un andamiaje jurídico a partir del cual las autoridades electorales pueden investigar y sancionar la difusión de propaganda calumniosa, sea o no masiva.
Al respecto, el pleno consideró que, a través de los procedimientos especiales sancionadores, el INE podrá adoptar diversas medidas cautelares con el fin de suspender o cancelar de manera inmediata los materiales propagandísticos que sean contrarios a la ley, entre los cuales pudieran encontrarse los relacionados con propaganda calumniosa masiva.
En consecuencia, se confirmó el acuerdo impugnado (SUP-RAP-132/2024).
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