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Reporte de Sesión Pública

16/febrero /2006 / Sala Superior 10/2006

México, D.F.

Este día, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió 48 juicios para la protección de los derechos político electorales del ciudadano (JDC) y tres juicios de revisión constitucional promovidos por ciudadanos y partidos políticos.

En relación con el proceso electoral a celebrarse en el Estado de México el próximo 12 de marzo, en el que se renovarán autoridades en los 125 ayuntamientos y 75 diputados locales, los magistrados resolvieron un total de nueve juicios presentados, entre otras cosas, por inconformidad en los procesos de selección y/o registro de candidatos del PAN y PRD.

En primer término, los magistrados, básicamente, confirmaron la Asamblea-Convención en la que fueron electos los candidatos del PAN al ayuntamiento de Villa del Carbón, así como el cómputo de la elección interna de candidatos del PRD a diputados locales en el V Distrito y la elección de candidato a la presidencia municipal de Teoloyucan, en la que resultó vencedor Rogelio Durán Pineda. También se confirmó la lista de aspirantes a regidores por el PRD que fueron impugnadas en los ayuntamientos de Nicolás Romero, Teoloyucan y Tepotzotlán. En tanto que desecharon los juicios presentados contra la integración de las listas de los ayuntamientos de Zacualpan y La Paz, toda vez que se presentaron extemporáneamente.

En relación con la selección de candidatos a diputados a nivel federal, se confirmó el cómputo de la elección interna del PRD para postular candidato a la diputación federal correspondiente al Distrito Electoral Federal XXX en el estado de México.

Por otra parte, el Tribunal ratificó la sanción que la Sala Electoral Administrativa del Tribunal Superior de Justicia en Tlaxcala impuso al Partido de la Revolución Democrática por irregularidades en sus actividades para la obtención de voto en el proceso electoral de 2004, consistente en una multa por $273,110.00 (doscientos setenta y tres mil, ciento diez pesos) y una reducción de ministraciones del financiamiento público ordinario que le corresponde, por un monto equivalente a $7’570,419.00 (siete millones quinientos setenta mil cuatrocientos diecinueve pesos).

Respecto a la resolución de la Segunda Sala Unitaria del Tribunal Electoral de Guanajuato que determinó anular el voto que marque dos o más recuadros de la boleta electoral en las que se registrara un candidato común, en los comicios que habrán de celebrarse el próximo 2 de julio, la Sala Superior revocó dicha determinación y la modificó para conservar su eficacia exclusivamente por lo que toca a los efectos de los votos emitidos a favor de un mismo candidato en dos recuadros diferentes.

Esto se desprendió de la interpretación sistemática de los artículos 39 y 41 de la Constitución General de la República; 31 de la Constitución Política del estado; 4 y 208 a 213 del Código Electoral local, donde se estimó que los votos marcados en los recuadros de partidos políticos o coaliciones que postulen un candidato común, deben computarse válidos a favor de un candidato exclusivamente, ya que con eso se privilegia la voluntad de los ciudadanos para elegir a sus gobernantes, fin último de toda elección, de ahí que, si en la boleta es posible distinguir con certeza la voluntad del elector de sufragar por el candidato postulado en común por varios partidos políticos, con independencia a los efectos respecto a los partidos postulantes, el sufragio debe tenerse en cuenta como válido y ser computado a favor del candidato.

Asimismo, la Sala Superior del TEPJF confirmó la legalidad de una queja admitida por autoridades del Distrito Federal. Lo anterior debido a que se trata de cuestiones intraprocesales. La queja fue interpuesta por el PRD por supuestos actos anticipados de campaña en la contienda para ocupar la Jefatura de Gobierno, realizada por Beatriz Paredes Rangel.

Finalmente respecto del JDC interpuesto por Lourdes Latife Cardona Muza, la Sala Superior revocó la determinación emitida al respecto por la Comisión Nacional de Garantías y Vigilancia del PRD y reenvió el mismo al órgano partidista para que resuelva lo que en derecho proceda. Este juicio fue presentado en relación con la integración del Consejo Electoral del PRD en un distrito electoral de Quintana Roo. Adicionalmente, se desecharon otros 33 juicios relacionados con este asunto, situación que se repitió en los JDC presentados por Ernesto Sánchez Aguilar, José Guadalupe Rangel, Marcos Alejandro Téllez Rodríguez y David Jiménez Rumbo.