Reporte de Sesión Pública
11/enero /2006 / Sala Superior 2/2006
México, D.F.
Respecto de un juicio promovido contra los resultados de la elección del ayuntamiento de Tlanchinol, Hidalgo, la Sala Superior confirmó, por unanimidad, el triunfo del Partido Revolucionario Institucional; no obstante, se manifestaron al interior de la Sala Superior dos posiciones respecto al estudio de la nulidad de la votación emitida en una casilla y la valoración que debe hacerse respecto al resultado total de la elección de que se impugne.
En el estado de Hidalgo se celebraron comicios el pasado 13 de noviembre y las autoridades municipales electas deberán entrar en funciones el próximo 16 de enero.
Por otra parte, al resolver cuatro recursos de apelación, los magistrados –presididos por Leonel Castillo González, confirmaron las determinaciones adoptadas por el Instituto Federal Electoral.
Así las cosas, se confirmó la multa impuesta al Partido Revolucionario Institucional y al Partido Verde Ecologista de México equivalente a 4,000 días de salario mínimo vigente en el DF ($187,200.00) por ostentarse como “Alianza para Todos” en medios de comunicación antes de que se aprobara la coalición respectiva.
De igual forma quedaron firmes las sanciones que la autoridad administrativa impuso al Partido del Trabajo consistentes en reducciones a las ministraciones mensuales que le corresponden por concepto de financiamiento público para el sostenimiento de actividades ordinarias permanentes, quince multas y una amonestación pública, que –en conjunto- ascienden a 7´679,660.23 pesos, por irregularidades en sus informes anuales y gastos correspondientes al proceso electoral de 2003.
Asimismo, se avaló la sanción impuesta a “Praxis Democrática”, Agrupación Política Nacional, cuyo monto asciende a $168,088.37 por irregularidades en su informe anual sobre el origen y destino de sus recursos en el 2004 y se ratificó el oficio de la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos del IFE mediante el cual se explicó a Alternativa Socialdemócrata y Campesina los fundamentos para deducirle $1´619,968.57 de financiamiento público para el sostenimiento de actividades ordinarias permanentes en el mes de agosto de 2005, por irregularidades en los informes anuales de ingresos y egresos relativos al ejercicio 2003 correspondiente a la Agrupación Política Nacional “Sentimientos de la Nación”.
Respecto de la Convocatoria al Tercer Pleno Extraordinario del Consejo Político Federado del Partido Alternativa Socialdemócrata y Campesina, impugnada por diversos ciudadanos, los magistrados confirmaron el acto impugnado y sólo en cuanto hace a la decisión de ampliar a los días 14 y 15 del presente las sesiones de dicho pleno, se estableció que éste debe circunscribirse a los días 12 y 13.
Asimismo, los magistrados dieron respuesta a diversos juicios presentados en contra de determinaciones de autoridades de los partidos políticos.
Los magistrados del TEPJF revocaron la resolución dictada por la Comisión de Orden del Consejo Nacional del Partido Acción Nacional y restituyeron en el pleno uso y goce de sus derechos partidistas a Héctor Javier Vera Arenas, Luis Eduardo del Sagrado Corazón de Jesús Paredes Moctezuma y Héctor Octavio Montiel García. Tal resolución se adoptó, entre otras razones, debido a que los hechos imputados no fueron debidamente acreditados o fueron indebidamente valorados por la autoridad partidista.
También en relación con Acción Nacional y por lo que se refiere al proceso de selección de candidatos que participarán en las elecciones del 12 de marzo en el Estado de México, los magistrados ordenaron al Comité Directivo Estatal solicitar el registro de la fórmula encabezada por Porfirio Durán Reveles como candidato a la diputación local del distrito electoral XXX, con cabecera en Naucalpan. En este juicio, la Sala Superior revocó la determinación del presidente del Comité Ejecutivo Nacional del partido de no ratificar el resultado de la Convención Distrital celebrada el pasado 27 de noviembre, decisión que, se estableció en la sesión, carecía de la debida fundamentación y motivación, a la luz de la propia normatividad del partido político. En este juicio quedó vinculado el Instituto Electoral del Estado de México, por lo que se refiere al estudio y análisis de la procedencia del registro.
También en relación con el proceso electoral mexiquense, los integrantes de la Sala Superior del Tribunal Electoral ordenaron a la Comisión Nacional de Garantías y Vigilancia del PRD resolver las impugnaciones presentadas por Valentín González Bautista y Rodrigo Rosas Esparza en los municipios de Nezahualcóyotl y Tultitlán y confirmaron un acuerdo emitido por el Consejo General del Instituto Electoral Local.
Finalmente, fueron desechados los juicios promovidos por María del Carmen Consolación González, José Juan Pablo Arellano, Jorge Eduardo Hiriart Estrada y Miguel Angel Aguilar Dávila.