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La Solución de Conflictos Electorales, Garantía de un Proceso Democrático

16/octubre /2004 / Sala Superior 62/2004

México, D.F.

La existencia de instrumentos y mecanismos que permitan la solución de conflictos electorales por la vía del derecho, puede ser vista como una fortaleza del sistema político y no como una debilidad del mismo. Además, al resolverse las diferentes controversias por causes civilizados se incrementa la cultura democrática, aseguraron los magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación José de Jesús Orozco y Alfonsina Berta Navarro Hidalgo al participar en el II Curso Iberoamericano de Justicia Electoral.

Los magistrados del TEPJF expusieron ante visitantes extranjeros y nacionales dos perspectivas de la solución de conflictos electorales, el magistrado Orozco Henríquez analizó los diversos modelos contemporáneos de resolución de controversias y la magistrada Navarro Hidalgo presentó una experiencia relevante de la política mexicana.

Al participar en la mesa de trabajo "Experiencia Relevante de Justicia Electoral", la magistrada Berta Alfonsina Navarro Hidalgo afirmó que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación no vulnera la vida interna de los partidos políticos al dictar las resoluciones relativas a conflictos entre militantes y dirigentes.

Para la integrante de la Sala Superior de la máxima autoridad jurisdiccional en materia electoral del país "ninguna resolución del TEPJF vulnera ninguna disposición estatutaria de partido político alguno, por el contrario, ajustamos nuestras resoluciones a lo que establece estatutos de los partidos políticos ".

La magistrada Navarro Hidalgo destacó el incremento de la promoción de los juicios para la protección de los derechos políticos electorales del ciudadano. Este incremento se debe, dijo, entre otros factores, a que los propios militantes han argüido en defensa de sus intereses que son los partidos políticos (su dirigencia) los que no se ajustan a sus propios estatutos, principalmente en la selección de candidatos.

La actuación del TEPJF en estos casos, ha consistido en observar y verificar si la postulación y la selección de candidatos se ajusta a la propia normatividad interna, recalcó la magistrada. Y cuando vemos que no se ajustan le damos la razón al que la tiene, de acuerdo a los estatutos políticos establecieron para si mismos.

La magistrada se refirió durante su exposición al recurso de apelación promovido por el Partido de la Revolución Democrática en contra del Consejo General del Instituto Federal Electoral (SUP-RAP-040/2004), relacionado con los estatutos del sol azteca. La magistrada Navarro Hidalgo recordó que en este caso, como en todas las resoluciones del TEPJF se encuentran al alcance de todo público para ser estudiadas y analizadas se haya en forma directa a través del archivo jurisdiccional o a través de Internet.

Por su parte, el magistrado José Orozco Henríquez, destacó que los conflictos electorales y los instrumentos para su solución son un aspecto fundamental que no se deben considerar como una debilidad, sino como una prueba de la fortaleza, vitalidad y transparencia de un sistema político, así como un mecanismo para incrementar la conciencia de los actores políticos acerca de los medios e instancias a las que pueden acudir en busca del desagravio como una característica primordial de todo estado de democrático de derecho.

Orozco Henríquez se refirió, durante la mesa "Justicia Electoral y Proceso de Democratización", a algunos de los estudios comparativos de los sistemas contemporáneos para la solución de controversias, cuyo objetivo principal, insistió, es estimular el conocimiento y aprendizaje de los medios de solución de controversias.

El magistrado sostuvo que la democracia, además de apoyarse en un sistema electoral, también descansa en un sistema de resolución de conflictos electorales, que son la última garantía de un proceso realmente democrático.

Finalmente Orozco Henríquez comentó el desarrollo de un proyecto relativo a la difusión de aspectos relevantes de la justicia electoral. Indicó que se trata de un manual que contemplará los principios, reglas y procedimientos que se analizarán con base a la siguiente tipología:

1.- Resoluciones que se encomiendan a una legislatura,

2.- Las basadas en el modelo inglés,

3.- Las que se encomiendan a tribunales constitucionales,

4.- La relativa a tribunales electorales autónomos, y

5.- Las resoluciones emitidas por tribunales de carácter transicional.