PRESENTACIÓN DEL LIBRO “FUNDAMENTOS Y APLICACIONES DEL PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR EN MATERIA ELECTORAL”
19/febrero /2016 / Sala Superior 46/2016
Ciudad de México
• La magistrada Alanis expuso los resultados de la primera aplicación del procedimiento dual diseñado por la reforma constitucional de 2014
• Alanis Figueroa resaltó la complejidad del Proceso Especial Sancionador ante las violaciones a la normativa electoral por parte de los partidos políticos
En el Palacio de Minería de la Ciudad de México se lleva a cabo la Feria Internacional del Libro, en la que el Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) presentó el libro de la magistrada María del Carmen Alanis Figueroa, titulado “Fundamentos y aplicaciones del Procedimiento Especial Sancionador en materia electoral”. En esta presentación, la magistrada Alanis estuvo acompañada por el consejero presidente del Instituto Electoral del Estado de México, Pedro Zamudio Godínez, por la consejera electoral Natalia Pérez Hernández, y el consejero electoral Saúl Mandujano Rubio.
El Consejero Presidente del IEEM hizo una exposición de las diferencias en la sustanciación y desahogo de los procedimientos sancionadores antes de la reforma electoral del 2007. Señaló que, antes de esta modificación, los procedimientos eran lentos y tardaban mucho en resolverse por lo que los partidos cometían irregularidades sin que la autoridad se pronunciara en el mismo proceso electoral. El Consejero Presidente resaltó la brevedad de los plazos y la especificidad de la materia competencia del procedimiento especial sancionador que, en un primer momento, centró el trabajo de la autoridad administrativa electoral en el desahogo de estos procedimientos. Por último, señaló que la obra estaba escrita en lenguaje ciudadano de fácil comprensión para cualquier lector.
El consejero electoral Saúl Mandujano hizo hincapié en el cambio que implicó para el IFE la resolución de los procedimientos especiales sancionadores desde 2007: se duplicaron las sesiones del Consejo General, en cada sesión por lo menos se resolvía un procedimiento sancionador, las sesiones eran muy complejas y largas y las sanciones se multiplicaron.
Señaló que con la reforma del año 2014 cambió el modelo para darle competencia a una nueva sala, lo que convirtió el procedimiento en uno de carácter dual sustanciado por la autoridad administrativa y resuelto por la autoridad jurisdiccional. El consejero Mandujano manifestó que, tal como lo proponía el libro, con los resultados de su aplicación, resulta necesario modificarlo y otorgarle la competencia respecto a la adopción de las medidas cautelares al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
Al presentar el libro, la magistrada Alanis manifestó que ya es necesario escribir una segunda parte del libro con los resultados del proceso electoral 2014-2015 y con algunas propuestas específicas de reforma. Sin embargo, señaló que la complejidad de estos procedimientos radica en que los partidos políticos cada vez buscan maneras distintas de violentar la norma. Lo ideal sería, resaltó la Magistrada, que las sanciones establecidas de la Ley sirvieran para inhibir de manera eficiente la comisión de irregularidades por parte de los partidos políticos y sus candidatas y candidatos, de manera que tuvieran que resolverse una menor cantidad de estos procedimientos.
La Dra. Alanis Figueroa manifestó que resulta necesario mejorar el procedimiento y que, lo sumario del procedimiento debería centrarse en el fortalecimiento de las medidas cautelares, que debe resolver la autoridad jurisdiccional, mientras que el resto del procedimiento debía contar con plazos adecuados para una adecuada investigación, realizar más diligencias y formular requerimientos.
La magistrada Alanis señaló que los nuevos dilemas a los que se enfrentaron en este proceso electoral guarda relación directa con los nuevos fraudes a la ley. Compartió su preocupación por el incumplimiento de las medidas cautelares y por qué, en su opinión, estos incumplimientos debían resolverse en un procedimiento especial sancionador si hay una afectación al proceso electoral y si no es así, esta conducta debe analizarse mediante una adecuada investigación en un procedimiento ordinario sancionador. Por último, propuso la adopción de medidas cautelares por actos que constituyan violencia política de género así como la adopción de otras sanciones, como la cancelación del registro de una candidatura, cuando se lleven a cabo conductas que impliquen violencia política de género.
Concluyó la magistrada Alanis Figueroa agradeciendo la invitación del IEEM para escribir este libro, la presencia de las y los Consejeros Electorales en el Palacio de Minería para su presentación y con el compromiso de escribir la segunda parte de esta obra.
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