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LAS AUTORIDADES TIENEN EL RETO DE INHIBIR LA VIOLENCIA POLÍTICA CONTRA LAS MUJERES Y GARANTIZAR QUE GOBIERNEN: CARRASCO DAZA

19/enero /2016 / Sala Superior 14/2016

México D. F.

  • El Magistrado Presidente del TEPJF reprobó el aumento de la violencia política contra las mujeres que les impide llegar a los cargos de elección y gobernar
  • Cuestionó que mientras se favorece la paridad de género con sentencias judiciales la respuesta sea la privación de la vida y acciones antidemocráticas

Ante el desafortunado aumento de la violencia hacia las mujeres en el ámbito político, las autoridades de este país tienen el enorme reto de potenciar las garantías que les permitan contender a cargos de elección popular, empezando por asegurar su integridad física, afirmó Constancio Carrasco Daza, magistrado presidente del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

El Magistrado Presidente expresó su preocupación de que a la par del desarrollo legal y jurisprudencial de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la Sala Superior, las Salas Regionales y los tribunales estatales para favorecer la paridad de género y la participación de las mujeres, se ha incrementado la violencia política contra ellas para evitar que puedan efectivamente gobernar.

“Entre mayor participación política de las mujeres, entre mayor número de mujeres que acceden a cargos de elección popular hemos visto de manera muy desafortunada que ha crecido la violencia política en contra de las mujeres, a niveles muy graves como la privación de la vida de quienes han ganado en las urnas su lugar, fundamentalmente, en los ayuntamientos”, expresó.

Entrevistado por la periodista Guadalupe Juárez, en el programa Justicia electoral a la semana, que se transmite por Plataforma Electoral, el canal de televisión por Internet del TEPJF, y por Canal Judicial, Carrasco Daza consideró reprobable en nuestra democracia aquellas conductas que han impedido el acceso de las mujeres a los cargos políticos.

“Hemos tenido también otras formas de violencia política durante el desarrollo de los procesos electorales, tanto en la confección de candidaturas al seno de los partidos como de candidatas independientes, como de candidatas a cargos de dirigencia; también hemos visto otras formas de violencia política, como el acoso político para que no emerjan como una opción en nuestro sistema político”, indicó.

La respuesta de las autoridades tiene que ser integral, con la conjunción del esfuerzo legislativo y de los tribunales electorales para que las mujeres cuenten con mejores condiciones de participación política que les permita contender y gobernar, expresó Carrasco Daza.

“El artículo 1º constitucional nos exige a todas las autoridades que integramos el orden político mexicano garantizar los derechos humanos de todos los ciudadanos. ¿Cómo se potencia esta garantía en el caso concreto? En redoblar las garantías, favoreciendo todas las condiciones que les permitan, a partir de asegurar su integridad, ejercer el gobierno, pero fundamentalmente en los espacios donde se instrumenta el acceso de las mujeres a los cargos de elección popular, ese es un reto enorme que tenemos”, dijo.

Candidaturas ciudadanas, una verdadera opción política
El Magistrado Presidente destacó la inclusión de las candidaturas ciudadanas a cargos de elección popular como una verdadera opción de participación política en el país y de ejercicio de los derechos, que favorece la democracia y la pluralidad política.

“Hay un sistema político que funciona fundamentalmente a través de partidos como los vehículos del acceso al poder público, a través de las elecciones de los ciudadanos. La inclusión de las candidaturas independientes a los cargos de elección popular que se renovaron generó una nueva vitalidad, una nueva dinámica en el sistema que provocó que el alto índice de litigiosidad aumentara las posibilidades de participación política”, precisó.

Carrasco Daza aseguró que las candidaturas independientes llegaron para quedarse y fueron una respuesta ciudadana que venció muchas resistencias y alimentó las expectativas de participación política, por lo que se pronunció a favor de que esta figura se favorezca por quienes tienen el deber de garantizar la participación política.

“Las candidaturas independientes hoy son una verdadera opción de participación política y está por verse en el desempeño de las candidaturas independientes, por su participación en los congresos estatales, al presidir órganos municipales, al presidir gobiernos estatales, creo que está por venir la pluralidad, que es una de las mejores virtudes que implica la adopción de estas candidaturas en nuestro sistema político mexicano”, indicó.

Partido del Trabajo, su registro como partido político
En lo que respecta a la conservación del registro del Partido del Trabajo (PT) el Magistrado Presidente señaló que este órgano jurisdiccional no calificó el desempeño del aludido partido, apuntó que, precisamente, a la ciudadanía le corresponde evaluar si un partido merece o no ser una opción política en el país; sobre el tema que decidió el TEPJF fue si el PT alcanzaba el requisito mínimo del 3% de la votación total para conservar su registro como partido político nacional.

“Nosotros no evaluamos, la Magistrada y los Magistrados de la Sala Superior, en ese asunto, el desempeño del partido político o su contribución o su falta de contribución al desarrollo democrático de México, al favorecimiento de la participación política, que son los deberes que tienen los partidos en nuestro andamiaje constitucional. Eso no evaluamos, eso no nos corresponde a la Sala Superior en nuestra competencia de decidir medios de impugnación. Eso lo evalúan los ciudadanos, eso lo evalúa la sociedad, si un partido político en este caso nacional ha fortalecido el modelo democrático a partir de su participación o si ese partido político merece o no ser una opción política en el país”, sostuvo.

“Lo que nosotros decidimos y a eso se limita el debate es si un partido político para cumplir con el umbral, con el porcentaje para permanecer su registro en nuestro sistema político, es decir el 3% que establece nuestro orden constitucional y legal, lo que nosotros decidimos es, si el artículo 94 de la Ley General de Partidos Políticos, que establece de manera literal que se tomará en cuenta la votación total válida emitida ordinaria para contar, el umbral para determinar el porcentaje del 3% de la elección”, añadió.

Transparencia y racionalidad en el gasto público
En otro tema, el Magistrado Presidente señaló que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación cumple con las disposiciones del artículo 134 constitucional en materia de ejercicio de los recursos públicos que la sociedad exige para que el gasto se realice con transparencia, honradez, racionalidad y máxima eficacia.

Expresó que en 2015, en uso de su facultad reglamentaria, el TEPJF expidió nuevos acuerdos para establecer la licitación pública como criterio rector de adquisiciones de todos los bienes y servicios, que incluyen a la Sala Superior y sus seis Salas Regionales.

“Criterio rector: todos los bienes y servicios a licitación, después sólo por excepción y por la naturaleza de las adquisiciones se dan las otras formas permisivas en la ley de la adquisición de estos bienes y servicios, que es la invitación restringida o la asignación directa”, agregó.

El programa Justicia electoral a la semana, con la entrevista al magistrado presidente del TEPJF, Constancio Carrasco Daza, se puede descargar bajo demanda en www.te.gob.mx/PlataformaElectoral

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