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NECESARIO CREAR UN PODER ELECTORAL CON INDEPENDENCIA CONSTITUCIONAL: GALVÁN RIVERA

20/noviembre /2015 / Sala Superior 413/2015

México, D. F.

  • El Magistrado de la Sala Superior indicó que los jueces electorales no deben dictar sentencias por compromiso político
  • Dijo que se debe entender que el Derecho es más que normas jurídicas

Flavio Galván Rivera, Magistrado de la Sala Superior, destacó que es necesario constituir el Poder Electoral, con autonomía constitucional e integrado por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), el Instituto Nacional (INE), y la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (Fepade), así como por los partidos políticos y ciudadanos.

Al participar en el Conversatorio “La independencia de los tribunales electorales, la profesionalización del juez electoral y el régimen jurídico como variables para una eficaz, oportuna e imparcial justicia electoral”, que se llevó a cabo esta mañana en la Republica de El Salvador, Galván Rivera mencionó que desde el año de 1996 ha postulado la tesis de crear un Poder Electoral que sea independiente del resto de los tres poderes clásicos: Legislativo, Ejecutivo y Judicial.

Galván Rivera comentó que la idea de crear un Poder Electoral que incluya a las autoridades administrativas, jurisdiccionales y a la Fepade, no es nueva. Ha sido un criterio permanente que ha expuesto en otros foros, nacionales e internacionales.

El Magistrado indicó que el Tribunal Electoral debe tener y gozar de autonomía constitucional plena. “Si el Tribunal tiene autonomía constitucional podrá dictar sentencias sin sometimiento alguno”, manifestó.

No obstante, Galván Rivera mencionó que “la autonomía de los jueces y magistrados no depende necesariamente de la autonomía constitucional de la institución, la autonomía de los jueces depende de su conciencia. Es la conciencia del juzgador la que determina por qué y cómo vota”, agregó.

El Magistrado señaló que el juez debe de ser profesional, idóneo, preparado e imparcial y que uno de los puntos principales para que se desarrolle de esa manera es el ejercicio del Derecho y la Política con Ética.

Por otra parte, durante su exposición indicó que es necesario elaborar una teoría del derecho administrativo sancionador, ya que “las conductas de candidatos, ciudadanos, de partidos políticos, de organizaciones, no siempre se ajustan a derecho, en consecuencia tipifican ilícitos, que pueden ser administrativos o de naturaleza penal”.

En este sentido, expuso que han pasado ya 100 años de las clases de Kelsen y en consecuencia el Derecho debe evolucionar y entender que son más que normas jurídicas, son usos y costumbres, jurisprudencia, principios generales del derecho, argumentación jurídica, el derecho es mucho más. “Hablar del Derecho es hablar de derecho legislado, derecho consuetudinario, derecho jurisprudencial, principios generales del derecho y ciencia jurídica”.

Mencionó que en México ha surgido una evolución en materia electoral desde 1911 con leyes electorales, sin embargo, no fue hasta 1946 cuando se estableció la institucionalización de los partidos políticos. “Uno de los orígenes de la justicia electoral en el país es el establecimiento del recurso de reclamación, ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), pero únicamente para impugnar actos del colegio electoral de la Cámara de Diputados, exclusivamente para la elección de diputados federales”.

El Magistrado resaltó que ante la exigencia después de las elecciones de 1988 se ciudadanizaron los órganos electorales, fue entonces que se creó el Instituto Federal Electoral, hoy (INE), el Tribunal Federal Electoral, hoy TEPJF, para dotar de certeza y legalidad a los procedimientos electorales posteriores.

Sin embargo, explicó que actualmente los tiempos de resolución es uno de los principales obstáculos a vencer, ya que “toda controversia en materia electoral, se debe de resolver antes de la toma de posesión del ciudadano electo o de la instalación del órgano colegiado motivo de la elección”.

Al respecto, señaló que la “justicia que no es oportuna, se torna injusticia” y, por lo tanto, se debe establecer en la materia electoral un plazo breve para la resolución de las controversias. En este contexto, indicó que en México se tienen establecidos, plazos para admitir y resolver las controversias. “En el TEPJF se resuelve en promedio en 25 días antes de la instalación o toma de protesta, es decir, de manera oportuna, esto por la profesionalización del personal”, dijo.

El Conversatorio “La independencia de los tribunales electorales, la profesionalización del juez electoral y el régimen jurídico como variables para una eficaz, oportuna e imparcial justicia electoral”, fue organizado por la Fundación Salvadoreña para el Desarrollo Económico y Social, así como por la Fundación Hanns Saidel.

Durante la actividad estuvo presente el magistrado del Tribunal Supremo Electoral de El Salvador (TSE), Miguel Ángel Cardoza; así como Ingrid Schlaffke de Éscobar, subdirectora para Centroamérica de la Fundación Hanns Seidel; el director del Departamento de Estudios Políticos (DEP), de FUSADES, Luis Mario Rodríguez y José Ángel Quirós Noltenius, Director Ejecutivo.