ORDENA TEPJF AL CONGRESO DE COLIMA DESIGNAR DE INMEDIATO AL GOBERNADOR INTERINO
29/octubre /2015 / Sala Superior 381/2015
México, D. F.
- Al resolver el incidente de inejecución de sentencia, la Sala Superior determinó que el Congreso de Colima debe cumplir con el nombramiento y convocar a elecciones extraordinarias
- Además, el gobernador interino debe provenir de una terna propuesta por el grupo legislativo del partido gobernante a sustituir
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al Congreso de Colima y a los órganos responsables realizar la convocatoria para sesionar y elegir de inmediato, entre una terna, al gobernador interino de esa entidad y dar cumplimiento a la sentencia de la Sala Superior.
En sesión privada, el TEPJF consideró fundado el incidente de inejecución de sentencia SUP-JRC-678/2015 y SUP-JDC-1272/2015 acumulados, promovido por el Partido Revolucionario Institucional (PRI) contra la Comisión de Justicia, Gobernación y Poderes, Presidencia de la Mesa Directiva y LVIII Legislatura del Congreso de Colima por no acatar el fallo del 22 de octubre pasado.
El TEPJF determinó que los órganos responsables del Congreso de Colima no han realizado dentro del plazo legal, que concluye este 29 de octubre, la designación del gobernador interino, por lo que les ordenó convocar a la sesión en la que los diputados deberán elegir de la terna que presento el grupo legislativo del partido gobernante a sustituir a quien fungirá como gobernador interino.
En la resolución se determinó que las autoridades mencionadas debieron de ajustarse al plazo legal de cinco días para efectuar la designación del mandatario ya que la anulación de la elección fue notificada el pasado 24 de octubre.
Por ello, resolvió que de “inmediato y sin exceder el plazo legal contemplado al efecto, el órgano competente de la Legislatura deberá convocar y realizar lo conducente, para que el Pleno del Congreso pueda determinar de entre las personas propuestas de la terna que previamente fue presentada por el partido incidentista, a quién deberá fungir como Gobernador interino”.
Ya que las sentencias del TEPJF son obligatorias para todas las autoridades.