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Reduce Sala Xalapa multa a ex candidata del PAN a diputada federal

15/julio /2009 / Sala Regional Xalapa 22/2009

Xalapa, Ver.

• Se comprobó la indebida promoción de imagen de Rocío Guzmán de Paz en Pánuco, Veracruz


La Sala Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación redujo de 500 a 200 días de salario mínimo la multa impuesta a la ex candidata a diputada federal del Partido Acción Nacional (PAN), Rocío Guzmán de Paz, por la indebida promoción de su imagen a través de 261 gallardetes, colocados en diferentes calles y avenidas de la ciudad de Pánuco, Veracruz.

Se consideró que el Consejo Local no comprobó fehacientemente la responsabilidad de la ex candidata en la colocación de la propaganda y, por ende, realizó una incorrecta individualización de la sanción.

De esta forma, las Magistradas revocaron las resoluciones emitidas por el Consejo Local del Instituto Federal Electoral (IFE) y del Consejo Distrital 01 de esta entidad, mediante las cuales se sancionó incorrectamente a la ex candidata con una amonestación pública y 500 días de salario mínimo.

El proyecto fue aprobado por unanimidad de votos de la Magistrada Presidente Claudia Pastor Badilla, la Magistrada Yolli García Alvarez y la Magistrada Judith Yolanda Muñoz Tagle.

En otro asunto, las Magistradas revocaron las resoluciones del Consejo Local del IFE en Yucatán y del Consejo Distrital 4, con sede en Mérida, que amonestaron al Partido Revolucionario Institucional (PRI) y a su candidato Rolando Rodrigo Zapata Bello, por la colocación de propaganda impresa en un estadio de futbol, debido a que estas instancias no son competentes para resolverlo.

Debido a que en la queja del PAN se sostiene la influencia de la propaganda en las personas que vieron la transmisión del partido por televisión, la autoridad responsable para conocerla es el Consejo General, al cual le compete lo relativo a la propaganda en radio y televisión, mientras que al Distrital la difundida por otros medios, esto de acuerdo al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe) y el Reglamento de Quejas y Denuncias del IFE.

Por esta razón, se ordenó al Consejo Distrital remitir el expediente a la Secretaría del Consejo General del IFE para su estudio.

Finalmente, la Sala Xalapa amonestó públicamente al PRI y a su ex candidato a diputado federal, Genaro Mejía de la Merced, por la pinta de propaganda en edificios públicos, al modificar las resoluciones del Consejo Local del IFE en Veracruz y del Distrital 2, en Tantoyuca, mediante las cuales se les sancionó con 500 días de salario mínimo a cada uno.

En la sentencia se declaró fundado el agravio, debido a que el Consejo Local sólo acreditó, de las tres bardas denunciadas, la pinta de propaganda en una, ubicada en el municipio de Zontecomatlán, Veracruz.

En la sesión pública de hoy, la Sala Xalapa resolvió un juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano y ocho recursos de apelación que hicieron un total de nueve medios de impugnación.



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