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Se anula la elección del Coordinador de Enlace Territorial del Pueblo de San Pedro Atocpan, en la Delegación Milpa Alta

14/abril /2016 / Sala Regional Ciudad de México 16/2016

Ciudad de México

En esta Sesión Pública, la Sala Regional Ciudad de México, resolvió además diez Juicios para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano, en los que dio la razón a los actores en relación con sus demandas de credencial para votar con fotografía.

Al resolver el juicio ciudadano respectivo, la Sala Regional Ciudad de México del TEPJF, consideró que no era posible validar la decisión de la instancia jurisdiccional local relacionada con la elección para el cargo de Coordinador de Enlace Territorial del Pueblo de San Pedro Atocpan, Milpa Alta, pues hubo una vulneración al principio de certeza y a los derechos políticos de los electores, pues tenía como base dos procesos electivos para un mismo cargo.

Con base en lo anterior, la Sala Regional ordenó que se realice un nuevo proceso de elección extraordinario, que respete la autonomía, autodeterminación de la comunidad y se cumplan con los principios de universalidad del voto y de igualdad de género, parámetros mínimos que debe cumplir toda elección y con lo cual se otorga certeza jurídica a los derechos de los ciudadanos.
 
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