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LA SALA REGIONAL GUADALAJARA RESUELVE SIETE MEDIOS DE IMPUGNACIÓN INTERPUESTOS CONTRA DETERMINACIONES DE AUTORIDADES ELECTORALES DE LA 1ª CIRCUSNCRIPCIÓN PLURINOMINAL.

7 /abril /2016 / Sala Regional Guadalajara 19/2016

Guadalajara, Jalisco

 La Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) en su décimo tercera sesión pública del año, resolvió siete medios de impugnación de los que se encuentran señalados en la Ley adjetiva de la materia electoral.

En el Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano SG-JDC-56/2016, el Pleno de la Sala Regional Guadalajara, por unanimidad de votos, revocó la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Jalisco, que confirmó el acuerdo dictado por la Comisión Permanente Nacional del Partido Acción Nacional (PAN), a efecto de que el Tribunal local analizará la resolución emitida por el Comité Ejecutivo Nacional (PAN), ya que era el facultado para resolver la inconformidad planteada.

En el SG-JDC-64/2016, las Magistradas y el Magistrado electoral de la Sala Guadalajara, ordenaron a la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores del Instituto Nacional Electoral, a través de la 01 Junta Distrital Ejecutiva en Chihuahua, resolviera sobre la solicitud de expedición de credencial para votar, por haber excedido el plazo para dar respuesta.

En el SG-JDC-70/2016, la Sala Guadalajara inaplicó, al caso concreto, la disposición contenida en el artículo 14, fracción III, párrafo primero, de la Ley que Reglamenta las Candidaturas Independientes en el Estado de Baja California, ya que había otra disposición en el mismo ordenamiento jurídico en la cual se exigía un porcentaje menor de firmas y no había justificación alguna para hacer diferenciación, por lo que para maximizar los derechos político-electorales de la actora, se revocó el oficio impugnado y se ordenó a la responsable que tuviera por acreditado el requisito de las firmas y continuara con el trámite de registro.

Así, en su sesión pública, la Sala Regional Guadalajara resolvió seis juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano y un juicio electoral, que son medios de impugnación procedentes, cuando la o el actor agota todas las instancias previas y realiza las gestiones necesarias para estar en condiciones de ejercer el derecho político-electoral presuntamente violado, en la forma y en los plazos que las leyes respectivas establezcan para tal efecto.

Las resoluciones de la Sala Regional Guadalajara se pueden consultar en la página pública del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación www.te.gob.mx

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