header

LA IMPLEMENTACIÓN OPORTUNA DE LA REFORMA ELECTORAL SE LLEVÓ A CABO CON LA UTILIZACIÓN DE PLATAFORMAS ELECTRÓNICAS: MAGISTRADOS DE LA SALA ESPECIALIZADA DEL TEPJF

19/marzo /2016 / Sala Regional Especializada 27/2016

DF

 • El magistrado Felipe de la Mata Pizaña replantea el procedimiento especial sancionador ante un modelo barroco o exótico actual

 El magistrado de la Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), Felipe de la Mata Pizaña expresó que el modelo jurídico del Procedimiento Especial Sancionador es barroco, y por tanto debe reconceptualizarse, para ello propone que se trasforme la reforma de 2014 en materia del PES, atendiendo a las condiciones actuales del procedimiento el cual requiere soluciones prácticas.

Durante su participación dentro del marco del Encuentro Nacional de Magistradas y Magistrados Electorales 2016 en la ciudad de Querétaro, comentó que gracias al Sistema de Procedimientos Especiales Sancionadores (SIPES) se han logrado reducir los términos de resolución, y que la fórmula fue crear un procedimiento tecnológico que pudiera hacer que el juez conociera del contenido del expediente desde el momento de la presentación y admisión para analizar su contenido.

En su intervención, la magistrada Gabriela Villafuerte Coello puntualizó que la Sala Especializada garantiza la tutela administrativa judicial efectiva a través del procedimiento especial sancionador, con lo cual da certeza y certidumbre a la ciudadanía, quien es el único y auténtico juzgador del trabajo del órgano jurisdiccional. Manifestó que la relación interinstitucional y la implementación de mecanismos de comunicación constante entre la autoridad administrativa electoral y el tribunal, como el SIPES, es fundamental para lograr "depurar el proceso electoral" que se trate.

Por último, el magistrado presidente Clicerio Coello Garcés señaló que el SIPES ha logrado concretar en la práctica el reto de la reforma constitucional y legal del 2014, que estableció que los procedimientos especiales sancionadores debían resolverse dentro de un plazo de 72 horas, por lo que recalcó que uno de los factores más importantes ha sido la interconectividad con el Instituto Nacional Electoral (INE).


Asimismo, indicó que el sistema tiene tres virtudes; primero, contribuye a la resolución pronta y expedita, favorece a preservar el derecho al acceso a la justicia y genera interconectividad entre las dos instituciones.






-0-
Síguenos en Twitter @TEPJF_Esp, y en
www.facebook.com/SalaEspecializadadelTEPJF