PROMOCIONALES DEL PRI DIFUNDIDOS DURANTE LA PRECAMPAÑA A LA GUBERNATURA DE DURANGO PUDIERON GENERAR CONFUSIÓN EN EL ELECTORADO: SALA ESPECIALIZADA
11/febrero /2016 / Sala Regional Especializada 11/2016
DF
La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que el Partido Revolucionario Institucional (PRI) inobservó la normativa electoral con la difusión de promocionales en radio y televisión, de su precandidato único al gobierno de Durango, Esteban Alejandro Villegas Villarreal, al posicionarlo ante la ciudadanía fuera de las etapas permitidas.
Por unanimidad, la Magistrada y los Magistrados de este órgano jurisdiccional, argumentaron que los precandidatos únicos sí pueden aparecer en los spots de radio y televisión, sin embargo, en este caso, los mensajes pudieron generar confusión en la ciudadanía en el contexto del desarrollo del proceso electoral local; ello, porque el promocional contiene un mensaje dirigido a los habitantes de Durango y tienen como propósito exaltar ante la ciudadanía las cualidades del partido político involucrado y no solo el de generar información sobre el proceso interno en la precampaña.
En este sentido, la Magistrada ponente Gabriela Villafuerte Coello hizo hincapié en que, ante la falta de diseño legal sobre el tema, debe hacerse una interpretación integral y conceptual; a partir de ello, puntualizó que los precandidatos únicos pueden hacer ciertos actos al interior de su partido político, los cuales dependerán de las reglas y métodos específicos de selección de cada uno de los partidos políticos, pero no generar un impacto en la contienda al exponerse al exterior; resaltó que los precandidatos gozan en todo tiempo de los derechos fundamentales de libertad de expresión y de reunión; y, que los partidos políticos tienen expedita su prerrogativa de acceso a tiempo en radio y televisión durante la precampaña para comunicar, de manera institucional, información a la opinión pública, relativa a sus procesos internos de selección de candidatos, siempre que no se genere un posicionamiento o ventaja indebida.
Por su parte, el Magistrado Felipe de la Mata Pizaña destacó que el ejercicio de la prerrogativa de acceso a radio y televisión a cargo de los partidos políticos es limitable, pues en el supuesto que el proceso interno de selección se desarrolle a través del método de precandidatura única, los promocionales de precampaña deben informar a la opinión pública el método de selección, las personas involucradas o su plataforma política.
Por último, el Magistrado presidente Clicerio Coello Garcés comentó que durante las precampañas, los precandidatos tienen la posibilidad de dirigirse a la militancia y a quienes integran los órganos partidistas encargados de la designación de candidatos, pues no existe prohibición alguna para ello, pero debe evitarse un posicionamiento que trascienda a la etapa de campaña, para preservar la equidad en el proceso electoral.
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