LA SALA ESPECIALIZADA SANCIONA AL PAN POR REALIZAR ACTOS ANTICIPADOS DE CAMPAÑA CON LA DIFUSIÓN DE UN PROMOCIONAL NO LIMITADO A SU MILITANCIA
18/enero /2016 / Sala Regional Especializada 5/2016
DF
• La multa equivale a mil días de salario mínimo vigente en el Distrito Federal.
La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), sancionó al Partido Acción Nacional (PAN) por la difusión del promocional titulado “No tiene color”, el cual no fue limitado a su militancia y constituyó actos anticipados de campaña.
Este órgano jurisdiccional consideró que el spot contiene frases que de manera implícita o indirecta hacen alusión al proceso electoral en Colima, en vez de limitarse a la contienda interna del partido político, lo que posicionó de manera anticipada al PAN y a su candidato al Gobierno de esa entidad, Jorge Luis Preciado Rodríguez.
Cabe destacar que, si bien se inserta la leyenda “Propaganda dirigida a los militantes del partido acción nacional”, lo cierto es que el mensaje no permite concluir que se limita a la elección interna.
Por su parte, el magistrado Felipe de la Mata dijo que el spot no se refería al periodo de precampaña, sino que estuvo abierto a todas las personas de esa entidad. Al darse este punto objetivo y además haberse dado fuera del tiempo de campaña, es evidente que se trató de un acto anticipado de campaña.
Por lo que hace al análisis sobre la vinculación entre los spots de precampaña y campaña, motivo de queja, la magistrada Gabriela Villafuerte Coello destacó que estamos en un tema de la forma en que, desde un punto de vista incluso mercadológico, los partidos políticos deciden posicionarse, sin prohibición para que utilicen mensajes similares en precampaña y campaña; motivo por el cual, en el caso particular, no hay uso indebido de la pauta.
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