Ordena Sala Xalapa al IFE incluir a ciudadana en la Lista Nominal de Electores en Tabasco
4 /julio /2009 / Sala Regional Xalapa 20/2009
Xalapa, Ver.
A un día de las elecciones intermedias para renovar la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, la Sala Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación sesionó públicamente y revocó una resolución del Vocal Ejecutivo de la Junta Distrital 5 del Registro Federal de Electores (RFE), con sede en Paraíso, Tabasco, la cual excluyó de la Lista Nominal a la ciudadana María del Carmen Hernández Jiménez, quien previamente había sido insaculada como presidenta de casilla.
En el proyecto presentado por la Magistrada Presidente Claudia Pastor Badilla, se señaló que Hernández Jiménez cumplió con todos los procedimientos legales para dejar a salvo sus derechos político-electorales, luego de que la autoridad responsable erróneamente la excluyó de la lista nominal por defunción.
Cabe señalar que la ciudadana sí presentó la solicitud de rectificación al momento de conocer su baja, por lo cual no puede acusársele de incumplir el plazo exigido en el artículo 187, párrafo 3, de la Ley electoral federal, pues sólo es aplicable cuando las bajas o movimientos en las listas nominales obedecen a situaciones provocadas por el ciudadano.
En consecuencia, se comprobó la responsabilidad de la autoridad administrativa electoral y se le ordenó realizar los trámites correspondientes para que la afectada quede incluida en el Padrón Electoral y en la Lista Nominal, así como para salvaguardar sus derechos de fungir como presidenta de casilla y al voto.
El proyecto fue aprobado por unanimidad de votos de la Magistrada Presidente Claudia Pastor Badilla, la Magistrada Yolli García Alvarez y la Magistrada Judith Yolanda Muñoz Tagle.
En otro asunto, las Magistradas electorales desecharon el recurso de apelación presentado por el Partido Acción Nacional (PAN) en contra del Consejo Local del Instituto Federal Electoral (IFE) en el estado de Veracruz por la supuesta omisión de resolver diversos recursos de revisión, relacionados a la acreditación y sustitución de representantes de partidos políticos ante las mesas directivas de casilla y representantes generales.
Del estudio se desprende que este partido, al acudir ante esta autoridad jurisdiccional, no justificó la figura del per saltum, puesto que no existió desistimiento del Consejo Local para la resolución de las impugnaciones, ya que este mismo día sesionaría para dar curso a los recursos.
Finalmente, en otro juicio ciudadano, la Sala revocó la resolución del Vocal Ejecutivo de la Junta Distrital 13 del RFE, con sede en Huatusco, Veracruz, que negó la expedición de credencial para votar con fotografía al ciudadano Ángel Emilio Rivera Moctezuma, quien comprobó en tiempo y forma el extravío de su mica.
Por esta razón, se ordenó al RFE expedir credencial de elector al ciudadano o, en caso de imposibilidad técnica o material ante la cercanía del proceso electoral, expedir copia certificada de los puntos resolutivos de la sentencia, a efecto de que pueda sufragar este domingo 5 de julio.
Este sábado, en sesión pública, la Sala Xalapa resolvió dos juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano y un recurso de apelación.
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