Ordena Sala Toluca al IEEH presentar denunciaformal al IFE por transmisión anticipada de spots en Zimapán, Hidalgo
3 /julio /2009 / Sala Regional Toluca 45/2009
Toluca. Méx.,
Lo anterior es así, ya que la denuncia presentada por el Partido Acción Nacional sí reunía los requisitos necesarios para iniciar una investigación al respecto, situación que el IEEH acordó no presentar.
Por otra parte, en el recurso de apelación presentado por el Partido Revolucionario Institucional contra la resolución del Consejo Local del Instituto Federal Electoral en el Estado de México, que sancionó con una multa de 500 días de salario mínimo vigentes en el Distrito Federal, al Partido Acción Nacional y le ordenó retirar la propaganda electoral de su candidato a diputado federal por el distrito 26 en el Estado de México; la Sala Toluca revocó dicha determinación y ordenó al Consejo Local que emita una nueva resolución al respecto, debidamente fundada y motivada en un plazo de 24 horas contadas a partir de su notificación.
En otro recurso de apelación presentado por Cecilio Rincón García y Marina Chávez Blancarte, contra la resolución del Consejo Local del Instituto Federal Electoral en el Estado de Michoacán, que declaró improcedente el recurso de revisión presentado por la publicación de propaganda de diversos partidos políticos, que presuntamente infringían la normatividad electoral; los Magistrados de la Sala Toluca confirmaron dicha determinación al considerar que el actuar del Consejo local del IFE michoacano fue correcto, al no encontrar elementos suficientes para iniciar el procedimiento sancionador solicitado.
En el juicio de revisión constitucional electoral presentado por la Asociación por la Democracia Colimense, contra la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Colima, en la que se declaró improcedente adicionar una cláusula al convenio de coalición “PAN-ADC Ganará Colima”; los Magistrados de la Sala Toluca confirmaron dicha resolución toda vez que en los motivos de inconformidad del partido político, no se combatía la sentencia reclamada.
Finalmente, en la demanda ciudadana presentada por Esteban César Flores contra el acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, en el que se sustituyó la candidatura a tercer regidor por el Partido Nueva Alianza del municipio de Chapultepec, Estado de México; los Magistrados de la Sala Toluca confirmaron dicha sustitución, ya que la misma se había realizado conforme a la normatividad interna del partido.
En esta ocasión la Sala Regional Toluca resolvió 16 juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, dos juicios de revisión constitucional y dos recursos de apelación.