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REPORTE DE SESIÓN PÚBLICA

12/agosto /2004 / Sala Superior 38/2004

México, D.F.

  • Resuelve TEPJF Impugnación a Elecciones de Durango
  • Revisa Sala Superior Procedimientos de Selección de Candidatos en Veracruz
  • Emiten Magistrados Resolución a Juicios de Baja California Sur, Quintana Roo, Tabasco, Aguascalientes y Chiapas.

Durante la sesión pública celebrada por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, los magistrados electorales resolvieron diversos juicios presentados en Durango, Veracruz, Quintana Roo, Tabasco, Aguascalientes y Chiapas.

Respecto de los comicios celebrados el pasado 4 de julio en Durango, los magistrados del TEPJF resolvieron cuatro juicios de revisión constitucional, por medio de los cuales se combatieron los resultados de los ayuntamientos de San Luis del Cordero, Canelas e Hidalgo.

El Tribunal Electoral confirmó la resolución de la autoridad estatal relativa a los ayuntamientos de Canelas e Hidalgo, en los que triunfó el Partido Acción Nacional, al mismo tiempo que desechó las demandas promovidas por el Partido Revolucionario Institucional en San Luis del Cordero, debido a que los actos impugnados no eran determinantes para el desarrollo del proceso electoral ni para el resultado final de las elecciones. En estos casos, las sentencias fueron elaboradas por el magistrado Eloy Fuentes Cerda y aprobadas por unanimidad de la Sala Superior.

Por otra parte, en Veracruz, con miras a la jornada electoral del próximo 5 de septiembre, en el que se elegirá gobernador, Congreso local y autoridades municipales, los magistrados de la Sala Superior resolvieron un total de veintiséis juicios interpuestos contra actos y resoluciones dictadas por órganos de dirección partidista y autoridades electorales del estado.

Del análisis de los citados medios de impugnación, los magistrados de la Sala Superior, ordenaron la sustitución del registro de los candidatos de la coalición Alianza Fidelidad por Veracruz, Martín Cristóbal Cruz para la presidencia municipal de Tamiahua, y de Raymundo Molina Gil, en el ayuntamiento de Colipa, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos por la propia ley.

Así mismo, ordenaron el registro de la planilla encabezada por José Luis Vera en Minatitlán; y de la planilla de candidatos encabezada por Miguel Ángel García Pitol para contender en Fortín de las Flores, ambos por el Partido Acción Nacional.

Cabe destacar que estas resoluciones se adoptaron en virtud de que no se respetaron las reglas, procedimientos o convocatorias establecidas por los propios partidos políticos y coaliciones para la selección de sus candidatos.

En tanto, fueron desechados dieciocho juicios para la protección de los derechos político electorales del ciudadano interpuestos contra los procedimientos de selección de candidatos realizados por la coalición Alianza Fidelidad por Veracruz, el Comité Directivo Estatal del PAN y el registro realizado por Consejo General del Instituto Electoral Veracruzano, en virtud de, entre otros motivos, las demandas fueron presentadas extemporáneamente, no se agotó el recurso intrapartidista, o la violación impugnada no era material o jurídicamente reparable.

A través de una resolución elaborada por la ponencia del magistrado José de Jesús Orozco Henríquez, la Sala Superior ordenó al Comité Ejecutivo Nacional del Partido Acción Nacional a que en un plazo de 15 días y en términos de su normatividad interna convoque a elección de Presidente del Comité Directivo en Baja California Sur. Lo anterior se resolvió en respuesta a una demanda de los ciudadanos Elizabeth Rocha Torres e Ignacio Bello Sosa, quienes hiceron ver la omisión en que incurría el CEN blanquiazul.

Durante 2005, en el estado de Quintana Roo se elegirá gobernador. El pasado 23 de junio, el Tribunal Electoral de esa entidad sobreseyó un recurso del Partido de la Revolución Democrática, por lo que quedó firme una resolución por la que el Instituto Electoral local apercibió al Partido Revolucionario Institucional para que en un plazo máximo de 20 días naturales procediera a retirar cualquier tipo de propaganda y cesara de realizar actos de precampaña encaminados a promover a Félix González Canto al gobierno estatal. La resolución aprobada el día de hoy por el TEPJF confirmó la determinación de la autoridad estatal y fue elaborada por el magistrado presidente, José Fernando Ojesto Martínez Porcayo.

En virtud de que el Partido del Trabajo no obtuvo el dos por ciento de la votación total emitida en las elecciones de 2003 en Tabasco, la Sala Superior confirmó que dicho partido no debe integrar el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana.

Finalmente, se desecharon dos juicios de revisión constitucional promovidos en los estados de Guanajuato y Aguascalientes. Estos desechamientos obedecieron a que los actos impugnados no eran definitivos, firmes o determinantes para el desarrollo del proceso electoral. Igual suerte corrieron dos juicios interpuestos por ciudadanos en Chiapas quienes pretendían se les entregara su credencial para votar con fotografía y otro promovido por Mario Santos Solís.