EL TEPJF CUMPLE SU FUNCIÓN CONSTITUCIONAL DE DAR CERTEZA A LOS RESULTADOS DE LA ELECCIÓN DE DIPUTADOS FEDERALES
20/agosto /2015 / Sala Superior 280/2015
México, D. F.
- El organismo jurisdiccional resolvió todos los recursos de reconsideración presentados en contra de los cómputos distritales de los comicios federales
- El PT presentó 151 juicios de inconformidad ante las Salas Regionales y 115 recursos de reconsideración ante la Sala Superior
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) cumplió su función constitucional de resolver las impugnaciones presentadas por distintos partidos políticos, candidatos y coaliciones en contra de los resultados de la elección de diputados federales por el principio de mayoría relativa y dio certeza a la validez de los comicios del 7 de junio.
En cumplimiento al artículo 69 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación, este 19 de agosto el TEPJF resolvió los recursos de reconsideración presentados en contra de los cómputos distritales de la elección de 300 diputados de mayoría relativa que integrarán la Cámara de Diputados.
Con ello, el Instituto Nacional Electoral (INE) en uso de sus atribuciones contenidas en el artículo 44, inciso u) de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales podrá efectuar el cómputo total de la elección de todas las listas de diputados electos, determinar la asignación de legisladores por el principio de representación proporcional para cada partido político y otorgar las constancias respectivas, a más tardar el próximo 23 de agosto.
La Ley General del Sistema de Medios de Impugnación establece que las sentencias que se resuelvan mediante el recurso de reconsideración, relacionadas con la validez de la elección, serán definitivas e inatacables y deben notificarse a los partidos políticos y candidatos, así como a terceros interesados, al Consejo General del INE y a la Oficialía Mayor de la Cámara de Diputados, en los plazos previstos en la ley.
Cabe mencionar que las cinco Salas Regionales del TEPJF recibieron y resolvieron 501 juicios de inconformidad interpuestos en contra de las actas de cómputo distritales de la elección de diputados federales por el principio de mayoría relativa, mismos que fueron atendidos hasta el 3 de agosto pasado como lo establece la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación.
Del total de juicios de inconformidad, 132 correspondieron a la Sala Regional Xalapa; 118 a la Sala Regional Distrito Federal; 104 a la Sala Regional Toluca; 74 a la Sala Regional Monterrey, y 73 a la Sala Regional Guadalajara.
El Partido del Trabajo (PT) promovió ante las Salas Regionales del TEPJF, 151 juicios de inconformidad en contra de los resultados de los cómputos distritales, las declaraciones de validez de las elecciones y la entrega de constancias de mayoría a los candidatos ganadores, realizadas por los Consejos Distritales del INE.
Derivado de las resoluciones de dichos juicios, el PT presentó ante la Sala Superior del TEPJF, 115 recursos de reconsideración en contra de las sentencias de las Salas Regionales.
El recurso de reconsideración es un medio de impugnación de naturaleza jurisdiccional que los partidos políticos, coaliciones y candidatos, pueden presentar en contra de las sentencias emitidas por las Salas Regionales del Poder Judicial de la Federación en los juicios de inconformidad.