Oaxaca: Conteo rápido y Encuestas de Salida hasta las 20:00 horas
1 /agosto /2004 / Sala Superior 36/2004
México, D.F.
El Acuerdo del la autoridad estatal del 14 de julio de este año fue impugnado por la Coalición "Todos Somos Oaxaca" ante el Tribunal Estatal Electoral de aquel estado, que el pasado 29 de julio sobreseyó el recurso de apelación.
Sin embargo, los magistrados José Fernando Ojesto Martínez Porcayo, José de Jesús Orozco Henríquez, Eloy Fuentes Cerda y Mauro Miguel Reyes Zapata, determinaron levantar el sobreseimiento, dado que contrario a lo que afirmó el Tribunal local, la Coalición sí tiene interés jurídico en el Acuerdo que estableció los criterios generales para la difusión de tendencias y resultados de los comicios del 1 de agosto.
Así, revocado el sobreseimiento, con plenitud de jurisdicción la Sala Superior analizó los agravios manifestados por la Coalición partidista. En principio, se dejó claro que contrario a lo que sostienen los inconformes, el Consejo General del Instituto Electoral sí tiene atribuciones para normar lo relativo a la difusión de resultados preliminares, por ser ésta una etapa de todo el proceso cuya organización tiene a su cargo.
Respecto al fondo del asunto, los magistrados consideraron inatendible la pretensión de la Coalición "Todos Somos Oaxaca" de que se permita publicar y difundir los resultados del conteo rápido y encuestas de salida a partir de las 17 horas en que concluirá la jornada electoral, pues en el recurso no se expresaron los razonamientos para demostrar por qué es inadecuado posponer esa autorización hasta las 20:00 horas. Los magistrados enfatizaron que debido a esa omisión, la Sala Superior no está en posibilidades de analizar y pronunciarse sobre la pertinencia de tal pretensión, por lo que fue confirmado el Acuerdo impugnado.