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Confirma Sala Xalapa plazo para el inicio de precampañas del proceso electoral en Tabasco

1 /julio /2009 / Sala Regional Xalapa 19/2009

Xalapa, Ver.

La Sala Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación confirmó la resolución emitida por el Tribunal Electoral del Estado Tabasco (TET), relativa al inicio de precampañas en el proceso electoral local donde se renovarán la Legislatura y las presidencias municipales, por lo que éstas comenzarán entre el 5 y 11 de julio del presente año y deberán concluir 30 días después.

Lo anterior es así, toda vez que el Partido de la Revolución Democrática (PRD) no combatió debidamente las consideraciones del Tribunal estatal, por las cuales revocó el acuerdo del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPCT) de esta entidad, que había modificado el plazo de inicio de precampañas.

El proyecto fue aprobado por unanimidad de votos de la Magistrada Presidente Claudia Pastor Badilla, la Magistrada Yolli García Alvarez y la Magistrada Judith Yolanda Muñoz Tagle.

En otro juicio, las Magistradas de la Sala revocaron la determinación del Secretario Ejecutivo del IEPCT de no estudiar la solicitud de registro de la coalición PRD, Partido del Trabajo (PT) y Convergencia, al quedar evidenciado que fue emitida por una autoridad sin atribuciones para ello, además de carecer de una debida fundamentación y motivación.

Asimismo, dicha solicitud se presentó de manera oportuna, toda vez que se hizo al amparo del acuerdo del IEPCT, que había modificado los plazos para el inicio de precampañas y que también recorrió el relativo para el registro de coaliciones hasta antes del 12 de julio.

Por tanto, se ordenó al Consejo Estatal del IEPCT entrar al estudio de la solicitud de registro de esta coalición.

En otros asuntos, la Sala Xalapa revocó las resoluciones del Consejo Local del Instituto Federal Electoral (IFE) en Veracruz, que confirmó las sanciones impuestas por el Consejo Distrital 6, con sede en Papantla, y por el Consejo Distrital 1, con sede en Pánuco, a los candidatos a diputados federales por el Partido Acción Nacional (PAN), Martín Rizo López y Rocío Guzmán de Paz, respectivamente, por la pinta y colocación de propaganda electoral en equipamiento urbano.

Del estudio se desprende que a estos candidatos y al partido se les dejó en estado de indefensión, ya que no se les otorgó el plazo de 48 horas que exige el artículo 368, párrafo 7, del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe) para la audiencia de pruebas y alegatos.

Finalmente, las Magistradas electorales desecharon por extemporaneidad la impugnación presentada por el PAN en contra de la resolución emitida por el Consejo Local del IFE en Veracruz, que confirmó el acuerdo del Consejo Distrital 2, por el cual registró la fórmula de candidatos a diputados por el principio mayoría relativa del Partido Revolucionario Institucional (PRI) en Tantoyuca, conformada por Genaro Mejía de la Merced, propietario, y Norberta Adalmira Díaz Azuara, suplente.

En su sesión pública de hoy, la Sala Xalapa resolvió 10 juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, dos juicios de revisión constitucional y cinco recursos de apelación, que hicieron un total de 17 medios de impugnación.


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